Silvia Vega, abogada y experta en administración de propiedad horizontal, explica que mientras se cuente con un recurso humano para el servicio de vigilancia, debe respetarse la ley en lo relacionado al número de horas máximo que en Colombia está permitido para que un trabajador labore (8 al día). Una situación idéntica ocurre con el tiempo suplementario u horas extras (que no puede superar dos horas al día previo permiso del Ministerio de Protección).WILABR
Finanzas
27 dic 2008 - 5:00 a. m.
En enero, mejores salarios a vigilantes
El próximo jueves empieza a regir el nuevo salario mínimo decretado por el Gobierno, incluyendo los montos de subsidio de transporte. Por ende, los conjuntos residenciales deberán empezar a supervisar que los salarios del personal de vigilancia y servicios generales estén sujetos a la ley.
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