Por decisión del Congreso de la República, la Junta Central de Contadores ha sido adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante el artículo 71 de la Ley 1151, por la cual se expide el plan de desarrollo 2006 - 2010. El alto riesgo social inherente al ejercicio de la profesión contable conduce a señalar que el tribunal disciplinario debe seguir existiendo pero en condiciones diferentes, es decir, que este organismo debe ser transformado. Es necesario pensar en su composición para hacerlo dinámico, tanto en lo relacionado con la vigilancia del ejercicio profesional como en el cumplimiento de sus funciones administrativas. Hoy se observa, por ejemplo, que todas las superintendencias no están integradas en la Junta; las Sociedades de Contadores Públicos no tienen representación en la Junta Central de Contadores a pesar de que son vigiladas por el Tribunal, según lo dispone el artículo 6° de la Ley 43 de 1990. La academia sólo tiene dos representantes a través de la Asociación de Facultades de Contaduría Pública -ASFACOP- y la Asociación Colombiana de Universidades -ASCUN. Los comerciantes o empresarios no tienen representación. Esto pone de manifiesto un problema en términos de la representatividad del organismo de la vigilancia profesional. Es necesario reestructurar la Junta, para lo cual debe repensarse su forma de integración. En interpretación de un esquema de "partes interesadas" la Junta Central de Contadores debe estar integrada, en representación del gobierno, por un representante del Ministro de Comercio, Industria y Turismo; del Contador General de la Nación, y del Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, y por todas las superintendencias, que son diez (10); en representación de la comunidad contable, se debe aumentar el número de representantes de los Contadores Públicos, a través de las organizaciones profesionales, por lo menos a cuatro (4); incluir un representante de las Sociedades de Contadores Públicos; la academia debe estar representada a través de las Facultades y Programas de Contaduría Pública de las Instituciones de Educación Superior Estatales u Oficiales, Privadas y de Economía Solidaria con, por lo menos, cuatro (4) representantes. Adicionalmente, El director de la Unidad Administrativa también debe integrar el Tribunal Disciplinario y presidir las sesiones, con el fin de resolver los inconvenientes administrativos que siempre han afectado el funcionamiento de la Junta, porque la doble representación actual del director de la Unidad Administrativa, por una parte, y del presidente del Tribunal Disciplinario, por otra parte, solo han traído deficiencias en la función disciplinaria. La estructura que se ha propuesto permitirá que la Junta Central de Contadores funcione mediante la integración de cuatro (4) secciones y dos (2) salas, de tal manera que se puede crear una sección para asuntos disciplinarios relacionados con personas naturales; una sección para asuntos disciplinarios relacionados con personas jurídicas; una sección para el registro profesional de personas naturales, personas jurídicas y organizaciones profesionales; además de otra sección para inspección y vigilancia profesional. Se integra una sala general con todos los dignatarios para que se cumpla la doble instancia como garantía del debido proceso disciplinario; e integrar una sala de gobierno con los presidentes de cada una de las secciones y el director de la Unidad Administrativa, para que se encargue de apoyar la organización de los asuntos administrativos. La materialización de la propuesta antes expuesta permite el fortalecimiento de los órganos de la profesión contable, en procura de proyectar la Contaduría Pública en el siglo XXI como una de las profesiones más importantes y consolidadas del país.WILABR
Finanzas
29 feb 2008 - 5:00 a. m.
Futuro del tribunal disciplinario de los contadores públicos: una propuesta
La Junta Central de Contadores fue creada a través del decreto 2373 de 1956 para administrar y vigilar una actividad que en su momento desempeñaban tres mil (3.000) personas. La Ley 43 de 1990 creó la Unidad Administrativa que hoy existe, y con la misma estructura de 1956 administra y vigila una profesión que ejercen más de 130 mil personas naturales y más de 1.500 personas jurídicas.
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