EL PROYECTO DE LEY En lo que respecta a las rentas de los asalariados de niveles medios, es evidente que el proyecto utiliza un libreto que parte de premisas teóricas correctas, pero apartadas de nuestra realidad. Según estos paradigmas, en Colombia la participación de las personas naturales en la tributación total del impuesto de renta es inferior a la de muchos otros países. Además, es aconsejable racionalizar el mínimo no gravable de las rentas de trabajo y reducir el número de escalas de las tarifas, en aras de la simplicidad. En cuanto al primer aspecto, es oportuno precisar que no se trata de comparar el impuesto total de renta con el de los asalariados, sino con el total que pagan las personas físicas. Es natural que en Colombia el índice sea inferior, porque las personas naturales no pagan impuesto sobre los dividendos distribuídos por las sociedades, como sucede en la mayoría de los países desarrollados con los cuales se nos está comparando. Otra parte de la respuesta se encuentra precisamente en las cifras suministradas por el Gobierno en la presentación del proyecto: de los casi 17 millones de asalariados, sólo el 1,8 por ciento (308 mil), recibe ingresos equivalentes a siete o más salarios mínimos, y un número cercano a 85 por ciento apenas llega a dos salarios mínimos. Con estos guarismos es imposible esperar una alta tributación de las personas físicas diferentes de los rentistas. EL MINIMO VITAL La carga tributaria depende de la capacidad contributiva y ésta no puede medirse desde el primer peso que recibe el ciudadano, sino a partir de su renta discrecional o disponible. Un individuo sólo adquiere capacidad contributiva cuando ha logrado satisfacer las necesidades básicas de su grupo familiar. Por ello el mínimo no gravable no puede tratarse como una concesión graciosa del Estado, de la misma forma que una sociedad no podría ser gravada sobre sus ingresos brutos. Por supuesto que no es equitativo otorgar ese mínimo en proporción al valor de los ingresos, como ocurre hoy con la exención general del 25 por ciento, porque ese mecanismo es claramente regresivo e injusto. La determinación de la renta discrecional o disponible debe obedecer a un estudio cuidadoso de las condiciones socioeconómicas del país y de los afectados; no se trata de apostarle a reducir el mínimo no gravable para competir con otros países, menos aún si sus economías son diferentes. En Colombia, los funcionarios de clase media no hacen uso de la salud o de la educación pública; pagan costos extras por la seguridad, servicios más elevados que los de países comparables y múltiples contribuciones colgadas de los recibos, además de IVA, Timbre, GMF y otros tributos. En Chile, por ejemplo, el Soat cuesta una décima parte de lo que vale en Colombia. Todos estos elementos deben ser ponderados, antes que competir con las metas de la Ocde. SIMPLICIDAD COSTOSA La simplicidad no puede ser pretexto para que un asalariado, que recibe un poco más de diez millones de pesos al mes, pague una tarifa de impuestos superior a la de las grandes sociedades y sus dueños. Tal sería el efecto práctico de reducir a dos las escalas de la tabla, porque las sociedades pagan impuestos sobre su renta neta de todos los costos y gastos, incluyendo el IVA y el valor total de los activos adquiridos, mientras el trabajador restaría únicamente el mínimo equivalente a siete salarios; nada más regresivo e injusto. Los principios de tributación aconsejan menores gravámenes para las rentas exclusivas de trabajo frente a las de capital, teniendo en cuenta que la vida productiva del individuo es limitada, no así la del capital; por otra parte, con la retención, el Estado se ahorra los costos de recaudo de los impuestos salariales. INCREMENTOS DESMEDIDOS Frente a los principios de equidad e igualdad, resulta exagerado incrementar la tributación de un ejercicio a otro en proporciones que pueden llegar hasta 1.600 por ciento en el impuesto de renta y a 359 por ciento tomando renta más IVA, como muestran las gráficas que ilustran estas notas, construídas con datos tomados de las presentaciones oficiales y de la exposición de motivos. Para estas comparaciones se usan las situaciones vigentes más favorables, frente a las propuestas, porque es ingenuo asumir que los contribuyentes desprecian los beneficios otorgados por la ley. CONCLUSION Está bien que se corrijan los evidentes defectos que contiene el sistema actual, que es regresivo e injusto. Pero está mal que se incrementen los impuestos de un grupo de trabajadores de manera desproporcionada en un solo ejercicio, colocándolos en desventaja incluso frente a los grandes empresarios. Tampoco es comprensible que se exoneren todas las pensiones, sin límite, en especial frente a las circunstancias que han rodeado precisamente a las más elevadas. Lo menos que se puede esperar, es que se revisen los tramos de la tabla progresiva, para lograr un justo equilibrio entre el impuesto que pagan los asalariados de ingresos medianos y los que gravan a los rentistas económicamente más poderosos."El mínimo no gravable no puede tratarse como una concesión graciosa del Estado, de la misma forma que la sociedad no podría ser gravada por el ingreso bruto.La determinación de la renta discrecional o disponible debe obedecer a un estudio cuidadoso de las condicio- nes socioeconómicas del país y de los afectados.Horacio Ayala Vela. Consultor "Los principios de tributación aconsejan menos gravámenes para rentas de trabajo frente a las de capital.
Finanzas
01 ago 2006 - 5:00 a. m.
Los impuestos a los salarios
Ha sido usual en nuestro país, cada vez que se presentan proyectos sobre impuestos, despreciar aquellas situaciones que, a juicio de sus autores, estadísticamente carecen de importancia. Esto se traduce en que, para algunos técnicos, hay grupos de ciudadanos que simplemente no existen, porque no tienen peso importante en los indicadores. Es lo que ha venido ocurriendo tradicionalmente y lo que se evidencia de nuevo en el proyecto de reforma tributaria integral, con los sectores de la clase media, huérfanos además de sindicatos o de gremios que defiendan sus intereses.(VER GRAFICOS)
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