MARTES, 05 DE DICIEMBRE DE 2023

Noticias económicas de Colombia y el mundo

Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Finanzas

30 jun 2011 - 1:59 a. m.

Listo el freno a abusos de las entidades financieras

No podrán descargar en el cliente toda la responsabilidad por operaciones realizadas con la clave.

Archivo Portafolio.co

Bancos

Archivo Portafolio.co

POR:

La Superintendencia Financiera expidió el documento preliminar de las medidas con las que les pondrá el ‘tatequieto’ a las cláusulas abusivas de las entidades del sector. Fin a letra menuda y a cobros sin autorización. 

Las normas prohibirán las condiciones que libran de cualquier responsabilidad a las instituciones y se la dejan toda al cliente, o aquellas que llevan al usuario a renunciar a sus derechos.

Restringirán los productos obligatorios

El proyecto establece que una vez que se expida la reglamentación, los defensores del consumidor tendrán que revisar los contratos y, en máximo un mes, deberán enviar al organismo un informe detallado de todas las cláusulas y prácticas abusivas detectadas.

Ninguna entidad podrá fijar condiciones que limiten o lleven a los consumidores a renunciar a sus derechos. 

Prohibirán las cláusulas que impidan exigir el pago de perjuicios o la terminación del contrato cuando la entidad vigilada sea la que incumpla con sus obligaciones.  

Respeto de derechos 

No podrán utilizar cláusulas que les den vía libre para cambiar los términos de los contratos de forma unilateral y sin aviso.

Quedarán abolidos los plazos para que el cliente se pronuncie sobre el contenido de los extractos y que, si no lo hace, los datos se dan por aceptados. 

Cero autonomía 

No podrán forzar a los clientes a que asuman, por anticipado, toda la responsabilidad por el uso de tarjetas débito y crédito, talonarios o dispositivos móviles, y tampoco por cualquier operación hecha con la clave asignada.

Vetarán las condiciones que libran al sector de cualquier obligación por los retiros hechos con documentación falsa o adulterada. 

Entidades no evadirán sus responsabilidades 

Ninguna entidad financiera podrá obligar a un cliente a que contrate un producto o servicio con una persona o empresa específica.

Ejemplo de ello es la designación ‘sí o sí’ del notario que documentará el crédito otorgado, o la obligación de contratar las pólizas de seguros con una firma en particular.  

Otras de las ‘perlas’ que se hallaron 

La redacción de contratos con letras ilegibles, el cobro automático de gastos de cobranza e inducir al cliente a tener más productos como requisito para dar la cobertura de la tasa de interés en créditos de vivienda serán prácticas catalogadas como abusivas.

Destacados

Más Portales

cerrar pauta