Así mismo, la Policía (inteligencia, operativa y judicial), en coordinación con la cartera de Agricultura, la Fiscalía, las Secretarias de agricultura y salud locales, el Invima, la Dian y Fedepanela, ejecutan acciones para detectar este delito.
Cuando el azúcar tiene dificultades con la colocación de sus excedentes en el mercado internacional o el precio interno de la panela alcanza al del azúcar, se acude al recurso de derretir azúcar y mieles de ingenio para producir panela adulterada.
Algunos ingenios compiten así ilegalmente con los paneleros y afectan los precios, según denuncias hechas por los productores del alimento.
Esta panela, producida con azúcar o mieles de ingenio, no es un alimento sino un edulcorante que tiene precios más bajos que la panela, y su producción está prohibida por la Ley 40 de 1990 y sanciona el funcionamiento de los derretideros.