Recientemente, el senador Humberto de la Calle reportó en sus redes los elevados costos de los productos que se venden en el aeropuerto El Dorado, en el occidente de Bogotá.
“¿17.900 por una agüita sin gas en El Dorado? ¿En serio?”, escribió en su cuenta de Twitter. Normalmente, en una tienda fuera del aeropuerto un agua puede costar entre 2.500 a 3.000 pesos. Dependiendo también de la ciudad y la zona.
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Ahora bien, estas alzas de precios de más del 200 % en algunos productos se repiten en varios aeropuertos del país.
Portafolio se comunicó con la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, encargada de proteger al consumidor. Desde la entidad aseguraron que ni en los comercios de los aeropuertos ni en otros por fuera de estos, la entidad interviene los precios que cobran.
Lo anterior, porque en Colombia rige un sistema de libertad de precios y, por ello, las personas tienen poder decisión sobre dónde comprar o no. En este sentido, no hay tarifas reguladas en este tipo de casos.
Ahora bien, la solución tampoco la tienen los dirigentes de los aeropuertos. Sergio Aparicio, gerente comercial de la Operación Aeroportuaria Internacional (Opain), indicó que ellos no pueden establecer los precios para los comercios. Recordó que los precios de los productos son responsabilidad exclusiva de cada establecimiento.
“El primer punto a tener en cuenta es que la gran mayoría de aeropuertos en el mundo están regulados por el dólar. Esto significa que si el precio de la divisa sube, los productos también lo harán; de la misma manera, bajarán si el precio decae”, dijo.
El gerente también explica que hay que tener en cuenta la zona del local donde se está adquiriendo el producto. “Si el valor del producto está fuera de lo común, se habla con el administrador del lugar, se escuchan las razones por las que se tiene el precio y se determinan las acciones a tomar”, agrega Aparicio.
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Varias quejas de los usuarios le exigen a la Superintendencia que “como organismo público deberían proteger los derechos de los consumidores”. La entidad aclaró que en ese tipo de casos no hay una vigilancia de cuánto se cobran por ciertos productos. Sin una regulación, entonces una queja por un exceso no es procedente, dijo uno de los funcionarios.
Ahora bien, hay otro tipo de escenarios en los que la Superintendencia entra a regular. Por ejemplo, que antes de vender un producto, se debe indicar al consumidor el precio final a través de una carta impresa.
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En caso de variar el precio o no informar debidamente el costo del producto, las normas de protección al consumidor lo cobijan y puede realizar el respectivo reporte ante la entidad.
MARIANA GUERRERO
Periodista de Portafolio