La decisión la tomó este lunes la Superintendencia Financiera, y quien cobre tasas de interés a los usuarios superiores a esos niveles incurrirá en delito de usura, consagrado en al Artículo 305 del Código Penal.
El Interés Bancario Corriente (IBC) para los préstamos de consumo y comercial se ubicará en 21,92 por ciento efectivo anual.
Dicha tasa que rigió entre el 1º. de enero y este lunes 31 de marzo era de 21,83 por ciento efectivo anual.
Por su parte, el IBC para las operaciones de microcrédito seguirá igual en 22,62 por ciento hasta el 30 de septiembre próximo.
Las entidades financieras expresaron la semana pasada su inconformismo con la decisión del Gobierno de mantener inalterada la tasa de interés del microcrédito, que -en su concepto- debería subir al 46 por ciento a partir del primero de abril.
La tasa de usura actual de 33,93 por ciento rige desde abril del 2007 y se extenderá seis meses más, es decir, hasta septiembre del 2008.