Como Diego Lancheros Lazo, Hernando Carvajal, Wilson Arley León, Reinaldo Torres y José Benitez Herrera fueron identificados los mineros que perecieron al interior de un socavón de carbón en el municipio de Samacá, departamento de Boyacá.
Según el Consejo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres, la acumulación de gases habría provocado una explosión al interior de la mina, una de las más modernas y tecnificadas de este municipio.
Integrantes del grupo de salvamento minero se encuentran en el lugar adelantando las labores de rescate de los cinco cuerpos sin vida. Tres de los mineros eran oriundos de Samacá mientras que los otros dos habían nacido en la población de Socha, Boyacá.
La mina donde se registró el accidente hace parte de la firma Carbones Andinos y se localiza en la vereda Chorrera, a unos 15 minutos del casco urbano de Samacá.
LA AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA, FRENTE A LA SITUACIÓN
“Se pudo establecer a través de datos preliminares, que la emergencia se originó por una explosión de gas metano. Profesionales del Grupo de Seguridad y Salvamento Minero con el apoyo de 18 socorredores atendieron la emergencia desde las 3 de la madrugada que llegaron al lugar. Gracias a las labores de estos equipos, los cuerpos de las cinco víctimas fueron recuperados a las 7:30 de la mañana de hoy y entregados en la bocamina al personal de la Sijín”, informó Javier García Granados, vicepresidente de Seguimiento y Control de la Agencia Nacional de Minería.
La agencia informó que realiza visitas de seguridad e higiene minera a fin de evaluar las condiciones de seguridad, identificar los principales riesgos e imponer medidas para evitar que los riesgos identificados se materialicen en accidentes mineros. En el caso del contrato de concesión de la Mina Laureles, la ANM ha realizado cuatro visitas de fiscalización.
En la última visita desarrollada en agosto de 2014, se encontraron varios incumplimientos como la falta de un sistema de barreras de control del material que se genera en cargue y descargue del mineral; instalaciones eléctricas inadecuadas y que no reúnen características a prueba de explosión; señalización deficiente o inexistente; e incumplimiento en el área y la altura mínima requerida según artículo 54 del decreto 1335 de 1987.Por esta razón con fecha 21 de abril de 2015, la Agencia profirió el Auto No. 0636, en donde se requirió la acreditación e implementación en su totalidad, de las medidas establecidas en el Decreto 1335 de 1987. La ANM reiteró a través del Numeral 2.1 del auto en mención que “es responsabilidad del titular minero, el cumplimiento y puesta en marcha del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y de cada uno de los compromisos que allí se enuncian, y que en visita de fiscalización se verificará el cumplimiento del contenido del documentos aportados.”
En lo corrido de este año, la Agencia Nacional de Minería ha realizado 2.579 visitas de fiscalización, 2.167 de Seguimiento y Control, y 412 de Seguridad y Salvamento. La Agencia realizará la investigación del accidente mediante un nuevo procedimiento, el cuál optimiza su trámite para imponer medidas preventivas y de seguridad, que no se limiten sólo a las causas inmediatas, sino también a corregir las causas básicas que generan los accidentes.
EL TIEMPO Boyacá