Este viernes 1 de abril, el Gobierno Nacional expidió la resolución 539 que reglamenta el Decreto 811 de 2021 sobre las operaciones de comercio exterior de semillas para siembra, grano, componente vegetal, planta de cannabis, cannabis y derivados de cannabis.
(Cámara Baja del Congreso de EE. UU. aprueba despenalizar la marihuana).
Los interesados en exportar, desde el territorio aduanero nacional o desde zona franca, e importar a Colombia productos relacionados con el cannabis, deberán presentar la solicitud en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), adjuntando los vistos buenos de las autoridades competentes.
Según la resolución, las entidades que deben avalar dicho trámite son, principalmente, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes del Ministerio de Justicia y del Derecho, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) y el Fondo Nacional de Estupefacientes.
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