El Presidente Iván Duque anunció este domingo que el Gobierno Nacional emitió una circular a través de la cual entregó una serie de recomendaciones para afrontar el tercer pico del covid-19 en Colombia, que están sujetas a las cifras y comportamiento de contagio en cada región.
(Antioquia anuncia nuevas medidas para frenar la alta ocupación UCI).
Para las ciudades con ocupación de cuidado intensivo entre el 50 y el 69% se instaurará medidas de Pico y Cédula y toques de queda nocturnos entre la media noche y las 5 de la mañana (Ver la circular).
Por su parte, para las ciudades con ocupación UCI entre el 70 y el 79%, también se recomienda implementar el Pico y Cédula y que la restricción de movilidad de personas empiece a las 10 p.m. y hasta las 5 a.m.
Para las ciudades que ocupación UCI entre el 80 y el 85% el toque de queda debe iniciar a las 8 p.m. y hasta las 5 a.m.. Así mismo habrá Pico y Cédula en estas regiones.
El presidente Duque informó que para las ciudades con ocupación UCI superior al 85% se recomienda que el toque de queda inicie a partir de las 6 de la tarde. También habrá Pico y Cédula.
En todos los casos no se prevén cuarentenas generales sino medidas específicas.
(Cifra de casos diarios de Covid cede y se ubica por debajo de 10.000).
¿QUÉ ESTÁ PERMITIDO?
El mandatario señaló que los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica y los parques no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula.
Igualmente, se permite, en todo momento, el tránsito de personas y vehículos que para su retorno se movilicen en las fechas señaladas. Se permiten los servicios domiciliarios y el ejercicio de las actividades señaladas en el decreto 1076 de 2020.
Adicionalmente, en ninguna circunstancia se puede prohibir el acceso presencial para la adquisición de bienes de primera necesidad durante la restricción nocturna de movilidad.
Igualmente, no queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes, ni el consumo en restaurantes, como tampoco su comercialización a través de plataformas digitales o de domicilios.
¿QUÉ ESTÁ PROHIBIDO?
El Gobierno le recomendó a los gobernadores tomar las siguientes medidas para que las medidas puedan surtir efectos más contundentes:
-No autorizar los eventos de carácter público que impliquen aglomeración de personas.
-No habilitar la apertura de discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
-Reforzar el control para evitar la realización de fiestas y reuniones en general.
-Prohibir la realización presencial de todo tipo de celebraciones de carácter regional.
-Los mandatarios de municipios con ocupación mayor al 70% o altos niveles de contagio podrán regular el uso de sitios públicos que generen aglomeración como playas, malecones y plazoletas, en las que se identifique violación a los protocolos de bioseguridad. La regulación deberá limitarse a las personas o sectores donde se presenten estas condiciones.