Este lunes, el presidente Iván Duque realizó la presentación oficial de la Ley 1995 de 2019, la cual establece las bases y medidas a tomar por el Gobierno Nacional para “frenar el incremento excesivo del impuesto predial, buscando impedir abusos que afecten a los contribuyentes colombianos”.
(Bogotá ‘vive’ cada vez más a punta del predial).
En su presentación, el presidente manifestó que estas medidas son fundamentales, ya que durante su campaña recibió muchas quejas de los colombianos frente a este tema, razón por la cual se hacía urgente fijar correctivos para evitar más aumentos.
La Ley contiene disposiciones concretas para frenar el incremento excesivo del predial, que desde hace varios años ha venido afectando la economía de los colombianos, especialmente de los propietarios de inmuebles.
De esta manera, para controlar incrementos injustificados que en años anteriores han llegado a tasas hasta del 300 y 400 por ciento, la Ley 1995 de 2019 establece que el impuesto predial será de máximo el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más 8 puntos porcentuales, en caso de que en el predio se haya realizado actualización catastral.
En los casos de predios en los que no se haya realizado esta actualización catastral, el límite será de máximo al 50 por ciento del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior.
(‘El predial también debe tener en cuenta tratamientos especiales’).
Para las viviendas pertenecientes a los estratos 1 y 2, cuyo avalúo catastral sea de hasta 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes, el incremento anual no podrá sobrepasar el 100 por ciento del Índice de Precios al Consumidor.
Esta disposición es muy importante para los hogares de menor capacidad económica, porque se garantiza que el impuesto predial no crezca por encima del IPC.
OTROS BENEFICIOS
Revisión de avalúo catastral. Si el propietario no está de acuerdo con el avalúo o valor asignado al inmueble, podrá presentar una solicitud de revisión catastral, para lo cual debe aportar las pruebas que justifiquen su petición. La autoridad catastral deberá resolver la solicitud en un plazo de tres meses.
Recurso de reconsideración. En caso de presentarse un recurso de reconsideración con respecto al impuesto predial, se suspenderá su cobro. Esto ocurre cuando el contribuyente no esté de acuerdo con el cobro del impuesto que le envía la administración municipal. La carga de la prueba en el procedimiento, para demostrar que el monto cobrado del impuesto es correcto, estará a cargo de la entidad.
Pago por cuotas. La Ley establece que el predial se puede pagar por cuotas en todo el país. Esto antes lo definía cada municipio. Ahora rige para todo el territorio nacional.
Retroactividad para reclamos por abusos en los cobros del impuesto predial. Los contribuyentes podrán solicitar la devolución o compensación de saldos a favor, originados en pagos excesivos e injustificados del impuesto predial. Esta petición se podrá realizar dentro de los 5 años siguientes al vencimiento del plazo a pagar o al momento de su pago.
APLICACIÓN Y VIGENCIA
La norma se aplicará en todos los distritos, municipios y entidades territoriales en general, a partir de su sanción presidencial, por un periodo de cinco años.
BAJO UN NUEVO MODELO DE CATASTRO MULTIPROPÓSITO
La Ley 1995 de 2019 establece que los catastros se regirán por lo dispuesto en el modelo de Catastro Multipropósito, política puesta en marcha por el Gobierno del Presidente Duque para mejorar el ordenamiento territorial, la planeación, la gestión ambiental y la creación de políticas públicas más efectivas.
El Catastro Multipropósito permitirá, también, la titulación de un mayor número de predios, contribuyendo a que los beneficiarios tengan mayor acceso a los servicios financieros y los programas sociales del Estado.
Con el Catastro Multipropósito, el Gobierno se ha fijado como meta pasar de una actualización catastral del 5 por ciento en la actualidad, al 60 por ciento en el 2022 y a la totalidad en el 2025.
Para acometer la implementación preliminar de esta política, se utilizarán dos créditos internacionales: uno del Banco Mundial por 100 millones de dólares, y otro del BID por 50 millones de dólares.
Entre las metas específicas de esta operación conjunta de crédito, se destacan:
—Actualizar las primeras 5 millones de hectáreas, equivalentes a 360 mil predios y 65 mil títulos registrados.
—Del total de títulos registrados, otorgar al menos 26 mil a mujeres rurales.
—Priorizar los esfuerzos en los municipios más afectados por la violencia.