Antes de que entrara en vigencia la Constitución Política de 1991, en Colombia no existía un mecanismo rápido y ágil de protección de derechos para los ciudadanos. Incluso las demandas más pequeñas tardaban años en resolverse y los procesos resultaban costosos y demasiado largos.
(El balance de 30 años de la Constitución Política de 1991).
Ante esta realidad y la necesidad urgente de herramientas eficaces en la administración de justicia, la Asamblea Nacional Constituyente creó la figura de acción de tutela, cuyo objetivo principal es garantizar el derecho de defensa de los ciudadanos de manera sencilla y rápida. De hecho, bajo esta figura no se requiere un abogado y es deber de la justicia proferir una sentencia en 10 días hábiles, máximo, luego de la demanda.
Para el Néstor Osuna Patiño, profesor emérito de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia, la principal importancia de este procedimiento es su sencillez, fácil acceso y gratuidad, lo que ha llevado a que se convierta en una figura de utilización masiva, pues en estos 30 años se han presentado cerca de 10 millones de tutelas.
“La ciudadanía se apropió de este procedimiento. La acción de tutela ya hace parte del patrimonio cultural de los colombianos como una herramienta de defensa cívica, en la que el derecho más invocado es el de la salud”, sostiene el docente.
Afirma que si bien se han registrado demandas insólitas como recientemente la de un ciudadano que interpuso una acción de tutela para reclamar por el arbitraje que afectó a la Selección Colombia en un partido de la Copa América ante Brasil, este tipo de solicitudes no son frecuentes, pero causan ruido.
“En la cotidianidad de la acción de tutela no se presentan casos extraños o insólitos sino al contrario, hay muchas personas que invocan la protección de sus derechos fundamentales. Por ejemplo, casi todas las tutelas de salud resultan siendo concedidas y se apela a esta figura porque ha sido probada su eficacia en la protección de derechos”, señala Néstor Osuna.
Además de la tutela, la Constitución también creó otras herramientas como la acción popular y mecanismos de participación ciudadana como el plebiscito, el referendo y la consulta popular, entre otros.
La acción popular, al igual que la tutela, es un procedimiento judicial, pero este no busca proteger derechos individuales sino proteger situaciones de vulnerabilidad colectiva.
Por su parte, los mecanismos de participación ciudadana buscan acercar más a la ciudadanía en la toma de decisiones importantes más allá del orden político, es decir, no solo que los ciudadanos elijan presidente, alcaldes, gobernadores, concejales y congresistas, sino también poder decidir directamente algunos asuntos como leyes y proyectos, entre otros.
Todo esto, según Osuna, permite que se garantice la misión de la Constitución que es la constante búsqueda de una democracia pluralista, con énfasis en la protección de los derechos fundamentales y las libertades civiles.
Javier Acosta
PORTAFOLIO