Las comisiones económicas conjuntas del Congreso se dieron cita para el primer debate del proyecto del Presupuesto General de la Nación (PGN) de 2022, un articulado compuesto por 126 artículos y cuyo monto por $350,4 billones fue aprobado la semana pasada por las comisiones tercera y cuarta de Senado y Cámara.
(Vea: ABC de traslado exprés a Colpensiones incluido en el Presupuesto 2022).
Desde el Congreso se aprobó en principio un bloque de 110 artículos sin proposición, entre los cuales se incluyen algunos como el art. 1, que establece los montos del presupuesto de rentas y recursos de capital; el art. 3, con las disposiciones generales, y los art. entre el 4 y el 10, que corresponden al primer Capítulo del proyecto, referente a las rentas y recursos.
En el primer bloque también se aprobó el Capítulo II, que establece los gastos del presupuesto y está definido por los artículos entre el numeral 11 y el 26, y el Capítulo III, que define las disposiciones de las reservas presupuestales y las rentas por pagar, con los art. 27 al 29 y las vigencias futuras, en los art. 30 y 31.
(Vea: Minhacienda alerta sobre impacto del traslado express a Colpensiones).
También fueron aprobados en este bloque los art. 32, art. 33, art. 34, art. 35, art. 36, art. 37, art. 38, art. 39, art. 40, art. 41, art. 43, art. 45, art. 46, art. 47, art. 48, art. 49, art. 50, art. 52, art. 53, art. 54, art. 56, art. 57, art. 58, art. 59, art. 60, art. 61, art. 62, art. 63, art. 64, art. 65, art. 66, art. 67, art. 69, art. 71, art. 72, art. 73, art. 75, art. 76, art. 77, art. 79, art. 80, art. 81, art, 82, art. 83, art. 84, art. 85, art. 85, art, 86, art. 87, art. 88, art. 89, art. 90, art. 91, art. 92, art. 93, art. 95, art. 95, art. 96, art. 97, art. 98, art. 99, art. 100, art. 101, art. 102, art. 103, art. 105, art. 106, art. 110, art. 11, art. 112, art. 113, art. 114, art. 115, art. 116, art. 117, art. 119, art. 120, art. 121, art. 122 y art. 123.
Posteriormente fueron aprobados los art. 2, art. 42, art. 51, art. 55, art. 68, art. 74, art. 104, art. 107, art. 109, art. 118 y el art. 124. Estos artículos fueron aprobados sin tener aval del Gobierno, pero quedaron como constancias para el siguiente debate.
(Vea: Colombia quiere cerrar 2021 con un millón de venezolanos regularizados).
Entre estos se encuentra el art. 104, que permite el traslado exprés a Colpensiones a personas que hayan cotizado como mínimo 750 semanas al Régimen de Prima Media. Esto solo aplicaría durante la vigencia de 2022.
Después de esa aprobación en bloque, también pasaron los artículos 70, 78 y 108, a pesar de las proposiciones para eliminarlos que presentó la congresista Aída Avella, de la Coalición Lista de la Decencia.
Esos artículos hablan sobre:
- Art. 70, que establece que los recursos remanentes recaudados por concepto de peajes del Invías podrán utilizarse en el mantenimiento de las vías en los departamentos de origen.
- Art. 78, que propone que los saldos de las cuentas corrientes o de ahorro que hayan permanecido inactivas por un período mayor a un año y no superen el valor equivalente a 322 UVR sean transferidos por las entidades financieras tenedoras a título de mutuo a la Nación.
- Art. 108, en el que el Gobierno Nacional, a través del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), podrá destinar recursos para la financiación o cofinanciación de los procesos catastrales con enfoque multipropósito a cargo de los municipios o distritos.
(Vea: DNP proyecta que la economía colombiana crecerá 7,5 % este año).
Posterior, y tras una discusión en torno al tema, fue aprobado el art. 125, que establece un cambio en la Ley de Garantías y que propone, “a partir de la publicación de la presente Ley, que se suspenda el inciso primero del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 y, en consecuencia, las entidades del orden nacional y las entidades territoriales podrán celebrar convenios administrativos e interadministrativos para la ejecución de recursos públicos”.
Finalmente, se votó el art. 126 y el título del articulado.
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