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Impuestos

02 sept 2022 - 7:36 a. m.

Estos son los beneficios tributarios que hay actualmente en el país

Se trata de algunos estímulos para el desarrollo científico, tecnológico y a la innovación. Así funcionan. 

Beneficios tributarios

Beneficios tributarios

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En principio, los beneficios tributarios consisten en una serie de estímulos al desarrollo científico, tecnológico y a la innovación. Aspectos que son reconocidos como requisitos fundamentales para superar el atraso en el país. 

(Lea: Licencias 5G fraccionadas y priorizar al 4G, propuesta de operadores). 

Es por ello que la ley 1450 de 2011, con la que se define el plan nacional de desarrollo, estípula algunas tipologías de proyectos para los ciudadanos que deseen aplicar y obtener estos incentivos. 

Le contamos en qué consisten. 

Los beneficios tributarios en Colombia

1. Exención de IVA: con este incentivo se exime el IVA al importador de equipos y elementos destinados para proyectos de Ciencia Tecnología e Innovación.

2. Deducción de impuesto de renta: se otorga por inversiones o donaciones en investigación y desarrollo tecnológico. Se realizará una convocatoria anual, con el objetivo de asignar los cupos de deducción. 

3. Renta exenta por certificación de nuevo software: cualquier persona que desarrolle nuevos productos de software elaborados en Colombia, con un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional, tendrá derecho a deducir de renta el 100% de los ingresos recibidos por su comercialización.

Renta exenta por certificación de nuevo software

Renta exenta por certificación de nuevo software

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4. Renta exenta por ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional:

Persona jurídica: son los recursos que reciba un contribuyente para ser destinados al desarrollo de proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación, según los criterios y las condiciones definidas por el CNBT.

(Además: La banda de 6GHz para WiFi, última frontera digital para los hogares). 

Persona natural: se aplica el mismo tratamiento a la remuneración de las personas naturales por la ejecución directa de labores de carácter científico, tecnológico o de innovación, siempre que dicha remuneración provenga de los recursos, destinados al respectivo proyecto, según los criterios y las condiciones definidas por el CNBT. 

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