Bogotá ya tiene listo su calendario tributario para 2023. Las fechas aplican para alrededor de 3’296.000 personas naturales y jurídicas en los impuestos de predial, vehículos automotores, Industria y Comercio (ICA) y Reteica.
(Vea: Productos y servicios que sí subirán de precio en este 2023).
En este 2023 se mantiene el descuento del 10 % por pronto pago en predial residencial y no residencial y en vehículos, así como la posibilidad de diferir el cumplimiento en cuatro cuotas en predial.
Según el nuevo calendario tributario, los vencimientos no serán según la última letra del chip del inmueble en el predial; del último dígito de la placa, en vehículos; y del último número del documento de identificación, para ICA y Reteica. Se vuelve, entonces, al esquema anterior, en una única fecha.
En esta ocasión las facturas de los impuestos predial y vehículos serán enviadas de forma física a todos los contribuyentes a las direcciones de notificación registradas y por correo electrónico la recibirán también quienes estén inscritos en la oficina virtual (la pueden ubicar en la página web de la Secretaría de Hacienda) o se podrá acceder a ellas en un botón que será habilitado para descargar y pagar.
Los cambios se dan después de un año cuando se registraron muchos errores y en las plataformas y las personas estuvieron desinformadas, lo que llevó al Distrito a cambiar en dos ocasiones las fechas de vencimientos.
(Vea: IVA e impuesto al consumo: cuándo debe pagarlos y cuánto le tocaría).

Finanzas en Colombia.
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Según las fechas de vencimiento para 2023, los contribuyentes tienen hasta el 12 de mayo para declarar y pagar el impuesto predial con descuento del 10 % y hasta el 14 de julio sin descuento ni sanciones.
Este pago se podrá diferir en cuatro cuotas (conocido como Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC)). Los valores serán iguales y no contempla intereses ni sanciones para quienes así lo hagan.
Es muy importante tener en cuenta que para acogerse al pago diferido en cuotas se debe presentar la declaración a más tardar el 26 de mayo. Esta solo se podrá hacer a través de la Oficina Virtual del Distrito y si se está inscrito.
Los vencimientos de este sistema serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segunda, el 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y la cuarta, el 1 de diciembre de 2023.
(Vea: ¡Pilas!: estas son las fechas de pago de impuestos en Bogotá para 2023).
En cuanto al impuesto de vehículos, el calendario tributario de 2023 da plazo máximo para pagar con el 10 % de descuento por pronto pago hasta el 2 de junio.
Y quienes no puedan hacerlo en esa fecha tienen opción hasta el 28 de julio, pero sin el beneficio del descuento ni sanciones ni intereses. En este gravamen no hay pago por cuotas.

Archivo Portafolio
Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) pertenecientes al régimen común y con pago bimestral tendrán un solo plazo máximo en cada vencimiento. Por ejemplo, el pago del primer bimestre será el 14 de abril de 2023 y el último, el 16 de febrero de 2024.
En el caso de Reteica, los agentes de retención empezarán sus vencimientos bimestrales a partir del 17 de marzo de 2023 y terminarán el 19 de enero de 2024.
(Vea: Declaración de renta 2023: fechas y plazos para pagar el impuesto).
Sobre los demás contribuyentes de ICA pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a cargo en 2022 no exceda los 391 UVT (Unidad de Valor Tributario), que equivalen a 14’859.564 pesos, la Secretaría de Hacienda indica que deberán presentar a más tardar el 23 de febrero de 2024 una única declaración anual por la vigencia, por los medios virtuales dispuestos por la entidad. No olvide que el valor de la UVT el año pasado fue de 38.004 pesos.
En cuanto a los contribuyentes de ICA del régimen preferencial (con ingresos netos iguales o superiores a 1.933 UVT o 81’982.396 pesos) durante el año gravable 2023, el plazo vence el 27 de enero de 2023. Tenga en cuenta que el valor de la UVT para esta nueva vigencia es de 42.412.
El calendario tributario de 2023 no se aplica para el pago de impuestos de anteriores vigencias. En esos casos los contribuyentes pueden solicitar información en los canales de información de la Secretaría de Hacienda o en la Oficina Virtual.
(Vea: Cuáles serán las prendas que tendrán impuesto del 40 % en Colombia).
Los contribuyentes de predial y Reteica con obligaciones pendientes de 2022 no sufren modificaciones en las fechas de vencimientos.
En el caso de predial residencial y no residencial que se acogieron al pago diferido se les cumple la cuarta cuota el 20 de enero de 2023.
Para Reteica correspondiente al sexto bimestre de 2022 y el ICA régimen preferencial, el plazo máximo es el 27 de enero de 2023.
EL TIEMPO - BOGOTÁ