La ejecución de megaproyectos, como las vías 4G, trae consigo compromisos para los contratistas de cumplir plazos legales –so pena de ser sancionados–, aspecto que podría ser modificado.
La razón principal: un proyecto de decreto del Ministerio de Transporte y el Departamento Nacional de Planeación (DNP), cuyo primer artículo es tajante al decir que se podrían pactar “mecanismos para que el contratista solicite la extensión del plazo para el cumplimiento de una o varias obligaciones a su cargo”.
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Lo anterior aplicaría, vale decirlo, siempre y cuando esas obligaciones no estén vencidas y solo sería para los contratos celebrados por asociaciones público - privadas (APP), tales como las vías de cuarta generación (4G).
NO AL PLAZO MÁXIMO
En el borrador de decreto también se especifica que “el contratista no requerirá demostrar que la extensión requerida es por razones que no le son imputables”, aunque la entidad contratante no podrá recibir daños por los perjuicios que se deriven de la ampliación que se llegue a pactar.
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Los cambios, así las cosas, podrían darse “en cualquier momento del plazo de ejecución” y serán “a solicitud del contratista”, para “modificar los contratos suscritos”, agrega el documento. De este modo, se abriría la puerta para que estos cambios puedan hacerse en contratos de concesión ya celebrados por el Estado.
Este diario se comunicó con el Ministerio de Transporte, el cual dijeron que la vocería la tomaría en su momento la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI). En el DNP indicaron que el equipo técnico está revisando el proyecto y se pronunciarán una vez la normativa quede en firme.
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De otro lado, desde los gremios celebraron la decisión de abrirle la puerta a esta posibilidad. “Recibimos con beneplácito que existan instrumentos para gestionar los contratos, ya que son de larga duración y entre más alternativas se tengan de lograr el objeto, lo aplaudimos; esto nos permitirá evitar, por ejemplo, tribunales de arbitramento”, aseguró Jorge Alberto Marín, vicepresidente de la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI).
A su turno, Santiago Pérez, director jurídico de la CCI, agregó que “lamentablemente, en últimos años se ha satanizado el hecho de modificar los contratos y no es nada nuevo lo que dice el borrador, pero sí es positivo que se promueva el uso de esas figuras, sobre todo porque las APP son contratos complejos y de muchos años, y pretender que las condiciones no cambien a largo plazo es ingenuo”.
Ambos directivos gremiales fueron enfáticos al indicar que si bien se abriría la posibilidad de ampliar los plazos, “es cierto que hay que mirar cada caso en particular, y no quiere decir que se entrará a generalizar; cada contrato deberá revisarse a la luz de si está justificado o no ampliar esos plazos de las obligaciones”.
Lo anterior, con el fin de que –por ejemplo– la fase de construcción de los proyectos no se extienda por años y no se repitan casos en que la duración de las obras terminó siendo del doble de lo estipulado inicialmente.
CON CAUTELA
En su exposición de motivos, el Ministerio de Transporte justificó la posible expedición de este decreto en el sentido de que “corresponde a las entidades contratantes evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo”.
En este caso, agregó la entidad, se incluirían cláusulas o estipulaciones en los contratos que les permitan al contratista solicitar la extensión del plazo de sus obligaciones “con el fin de garantizar la consecución de los fines estatales”.
Para Carlos Téllez, abogado y asesor experto en asociaciones público - privadas, la medida es buena, pero debe tenerse en cuenta que los cambios en plazos podrían afectar la matriz de riesgos de los mismos, si es que estos se aplican a contratos ya firmados, pues los cálculos iniciales podrían, igualmente, cambiar.
“Si bien es posible que se alarguen los plazos de las fases de las concesiones (...) considero que esta posibilidad debe ser analizada en el momento de la estructuración del proyecto y tener claras las afectaciones que se dan en otros componentes del mismo, como son el esquema de riesgos, pagos, flujo de caja y supervisión e interventoría”, explicó.
Agregó que “en dicho sentido, el proyecto de decreto debería plantear que antes de determinar la posibilidad de modificación, la entidad verifique las condiciones de estructuración y que ellas sean acordes con la solicitud”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el borrador presentado por el Ministerio de Transporte, esa cartera asegura que esta puerta se abriría siempre y cuando las cláusulas “no resulten contrarias a la Constitución, la Ley, el orden público y a los principios y finalidades del régimen de contratación pública y a los de la buena administración”. El argumento, dicen los expertos, dejaría por fuera a los contratistas que quieran tener provecho de la norma, ya que no les permitiría ‘sacarle el cuerpo’ a las posibles sanciones que les puedan aplicar por incumplir los plazos estipulados en el contrato. De allí que cada caso tendría que ser revisado, según fuentes consultadas.
Sebastián Londoño Vélez
seblon@eltiempo.com