La caída de la Ley de Financiamiento en la Corte Constitucional puso a correr, desde este mismo jueves, al Gobierno Nacional para sacar una nueva reforma antes de finalizar el 2019.
Para el Ejecutivo y el Congreso, el cierre de año se verá marcado por una nueva discusión en materia tributaria, teniendo en cuenta que el alto tribunal le dio una gabela de dos meses y medio para aprobar una nueva ley (sea la misma u otra diferente), de tal modo que comience a regir desde el 1.° de enero del 2020.
(Corte Constitucional tumba Ley de Financiamiento del Gobierno Duque).
En el caso que esto no se logre y al finalizar el año no se hubiese promulgado otra iniciativa, desde el 1.° de enero del 2020 regirían las normas previas, es decir, el Estatuto Tributario que existía desde la reforma del 2016.
‘PECADO’ DE TRÁMITE
Las peticiones por parte de funcionarios y gremios al alto tribunal para que mantuviera viva la reforma tributaria, que entró en vigencia en enero de este año, fueron infructuosas, no por la inconstitucionalidad, sino porque tuvo vicios de trámite durante su paso por el Congreso.
Según la presidenta de la Corte, Gloria Ortiz, “la Sala Plena concluyó que asiste razón a los demandantes, en la medida en que la proposición con la que finalizó el debate en la plenaria de la Cámara de Representantes se planteó de manera incompleta, dado que no incluyó el texto sometido a consideración de los representantes, y no cumplió con la publicidad necesaria”.
Y agregó que los representantes a la Cámara aprobaron casi a ciegas el proyecto del Senado, sin conocer previamente lo que allí había sido incluido, eludiendo además el mecanismo de conciliación. “Este tribunal, consideró que, debido a todo lo anterior, se violó el principio democrático, en tanto no se dio una deliberación racional de la ley no se respetó el pluralismo, ni los derechos de las minorías y no se garantizó el control ciudadano”, concluyó.
Así las cosas, tributos como el de patrimonio, el impuesto al consumo de 2% a inmuebles de más de $918 millones, el IVA plurifásico a cervezas y gaseosas y la sobretasa al sector financiero, entre otros, quedarían sin piso jurídico a partir del 1.° de enero del 2020, cuando ‘entre en vigencia este fallo’.
(Lo que perdería el país sin Ley de Financiamiento, según el Gobierno).
Y es que si bien se declaró inexequible la ley, el alto tribunal le dio hasta el 31 de diciembre de este año al Gobierno y al Congreso para que expida una nueva reforma, que puede ser la misma que tumbaron los magistrados o una diferente –que incluya modificaciones–, con el fin de que el país no quede en un limbo jurídico en el frente tributario.
El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, aseguró: “Estoy absolutamente seguro de que vamos a encontrar la manera de volver a la sostenibilidad de las finanzas públicas del país, porque es un serio golpe a la credibilidad de la política económica esta decisión. Me parece que vamos a tener que leer la sentencia con cuidado, con respeto y también con voluntad de arreglar los posibles problemas que nos haya creado. Es muy infortunado que esto haya sucedido (...)”.
En tanto, el senador Álvaro Uribe indicó que la decisión del alto tribunal permite darle tranquilidad a los inversionistas, debido a que “la Corte ha dicho que la reforma que se declara inexequible rige hasta el 1.° de enero próximo y eso quiere decir que lo que se ha hecho este año en materia comercial e inversión, se podrá declarar el año entrante, ya que se va a regir por esa ley inexequible. Sin embargo, hacia adelante confiamos en que se pueda tramitar una norma en la misma dirección, con estímulo a la inversión y eso les daría tranquilidad total a los inversionistas”.
DURO GOLPE
El fallo de la Corte Constitucional borra de un tajo la reforma tributaria del Gobierno de Iván Duque, que incluía cientos de artículos, entre los que estaban la creación del régimen simple, el impuesto al patrimonio, la normalización de activos de personas que no los hubieran declarado y la unificación de cédulas y el aumento de algunas tarifas en materia de impuesto de renta.
Es importante señalar que los dineros o procedimientos que ya se hayan efectuado, en lo corrido del año, por cuenta de las normas aprobadas en la Ley de Financiamiento no serán devueltos y se mantienen en el ordenamiento jurídico.
('Si se cae la Ley de Financiamiento aumentaría el recaudo tributario').
Además, los efectos del fallo se producirán a futuro, “y en ningún caso afectarán las decisiones jurídicas consolidadas de forma anterior a su notificación”, afirmó la magistrada Ortiz. Eso significa que los impuestos que se pagaron este año basándose en la Ley de Financiamiento se mantendrán y no se verán afectados por el fallo.
Por su parte, Luis Fernando Mejía, de Fedesarrollo, añadió que “para mitigar los efectos negativos que podría tener esta inexequibilidad en términos de crecimiento y seguridad jurídica, seguramente el Gobierno tendrá que trabajar a fondo para tramitar otra Ley de Financiamiento o reforma tributaria en el Congreso de la República”.
Esto llevaría a que la agenda legislativa se paralice por completo, teniendo en cuenta que el nuevo proyecto que se tramitaría llegaría con mensaje de urgencia, es decir, con prioridad frente a cualquier otra iniciativa, sea gubernamental o legislativa.
Entre tanto, con la decisión de la Corte Constitucional, también quedarían sin piso jurídico la reducción del impuesto de renta para las empresas, que habría disminuido gradualmente desde el 33 % hasta el 30 % de aquí a 2022. Asimismo, se tumbarían la deducción del IVA a la importación de bienes de capital, la disminución del impuesto de industria y comercio (ICA) y la eliminación de la renta presuntiva.
En el caso de que el Gobierno no logre tramitar el mismo proyecto que tumbó la Corte, todas estas exenciones dejarían de existir desde el próximo año, lo cual llevaría a que el Estado reciba unos $10 billones anuales, que habría dejado de percibir si las normas aún existieran. El efecto, según expertos, sería neto, ya que estos ingresos compensarían las pérdidas de las otras normas tumbadas.