El 12 de marzo el presidente, Iván Duque, anunció la decisión de establecer una declaración de emergencia sanitaria en el país, la cual ha reiterado en distintas ocasiones que va hasta el 30 de mayo.
(Así se vigilarán devoluciones del IVA durante la emergencia sanitaria).
En el marco de dicha declaratoria, el Gobierno Nacional expidió el decreto 535 el 10 de abril, mediante el cual se estableció un procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta e IVA, de manera automática, por el tiempo que dure la emergencia sanitaria en el país.
En otras palabras, esta medida se tomó con el fin de que las empresas y personas tengan un mayor flujo de caja y de liquidez para poder cumplir con sus obligaciones en medio del impacto financiero que ha traído consigo la pandemia del coronavirus.
(Con 700.000 giros arranca hoy la devolución del IVA).
La decisión aplica para los contribuyentes que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria. Con el procedimiento abreviado adoptado a través del decreto, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la presentación de la solicitud, se autorizará la devolución y/o compensación de los respectivos saldos a favor.
ASÍ AVANZA LA MEDIDA
De acuerdo con información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), a partir del procedimiento abreviado, se han visto incrementadas las sumas reconocidas por saldo a favor en la entidad, a las empresas o a las personas de manera sustancial.
“Es así que desde el 13 al 24 de abril del 2019 se habían realizado devoluciones y compensaciones por la suma de $36.786 millones, mientras que en ese mismo periodo de este año, esa suma llega a más de $200.000 millones, más de cinco veces de lo ordinario”.
(En devolución de IVA habría opción de escoger la entidad).
Con base en lo anterior, la variación de las devoluciones y compensaciones de saldos entre el 13 y 24 de abril de este año ha sido de 544% respecto al mismo lapso de 2019, indicó la entidad.
Además, la Dian resaltó que “a la fecha los saldos a favor en renta y ventas susceptibles de ser solicitados en devolución corresponden a aproximadamente a 189.000 empresas y a 1,3 millones de personas naturales”. Sin embargo, reiteró que “es importante aclarar que no todos los contribuyentes optan por solicitar sus saldos a favor en devolución”.
Aún queda un mes para que termine la emergencia sanitaria anunciada por el Gobierno Nacional, bajo este panorama, la entidad proyecta que en un mes y medio de aplicación de la medida (del 13 de abril al 30 de mayo) los saldos a favor solicitados serán de $3,9 billones. De cumplirse con esa cifra, el crecimiento respecto al mismo periodo de 2019 sería de 383%, pues en ese momento las devoluciones y compensaciones totalizaron un monto de $807.000 millones.
Por su parte, el ente encargado de los impuestos en el país dice que de acuerdo con la tendencia y las proyecciones que tienen, esperan que del monto total a devolver en este periodo ($3,9 billones), el 97% correspondería a empresas y el 3% restante a personas naturales.
Es decir, para el lapso que dure la medida se proyecta que el monto de las devoluciones y compensaciones para empresas llegaría a $3,78 billones, mientras que para las personas naturales la cifra totalizaría $117.000 millones.
En estos casos, la variación respecto al mismo periodo de 2019 sería de 393% y 190%, respectivamente.
OTROS DETALLES
Por departamentos o territorios, la Dian proyecta que los recursos de las devoluciones llegarán en mayor medida a Bogotá, Antioquia y Atlántico.
Del total estimado del retorno de estos recursos ($3,9 billones), la capital colombiana participaría con 57%, le seguiría Antioquia con 18%, Atlántico con 11% y el restante con 14%. En monto, lo anterior correspondería a $2,2 billones, $702.000 millones, $429.000 millones y $561.000 millones, respectivamente.
De otro lado, la entidad tributaria proyecta que las actividades económicas con mayor participación en las devoluciones de saldos a favor en renta y ventas durante la emergencia son: extracción de hulla (carbón de piedra) con una participación de 43% en el total; extracción de petróleo crudo con 10%; cría de aves de corral con 8%; cultivo de flor de corte con 5%; fabricación de vehículos automotores con otro 5% y otros con 29%.
En su orden, el monto correspondiente a dichos renglones sería de $1,67 billones, $390.000 millones, $312.000 millones, $195.000 millones (mismo valor para cultivo de flor de corte y fabricación de vehículos automotores) y $1,31 billones, respectivamente.
Respecto al comportamiento de la devolución y compensación de saldos a favor en los primeros cinco meses de este año, la Dian explicó que espera que el valor total crezca alrededor de 130% respecto al mismo periodo de 2019, en el que el monto fue de $2,6 billones mediante 15.100 operaciones.
En línea con lo anterior, agregó que “como se observa, solo con las devoluciones y compensaciones que ya se realizaron de enero a marzo de 2020, que ascendieron a la suma de $2,1 billones, más las proyectadas para los meses de abril y mayo de $3,9 billones, tenemos para los cinco primeros meses de 2020 transacciones estimadas por $6 billones, lo cual supera de forma importante lo regresado en el mismo periodo del año anterior”.
Por último, vale mencionar que el pasado 10 de abril, cuando salió el decreto 535, José Andrés Romero, director general de la Dian, dijo a través de su cuenta de Twitter que con la norma en mención, la entidad va a garantizar que los empresarios reciban sus saldos a favor de forma expedita.
REQUISITOS PARA LAS DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS
De acuerdo con la Dian, “aunque no se está pidiendo el anexo detallado con el soporte de los costos, gastos y deducciones, se mantiene la obligación de enviarlo para una revisión posterior”. Además dijo que para los contribuyentes de bajo riesgo, solo se requiere la radicación de la solicitud en debida forma y dentro de la oportunidad legal, esto es, dentro de los dos años siguientes a la presentación de la declaración; lo cual si se cuenta con firma digital se puede hacer mediante un procedimiento muy sencillo en la página web de la Dian. Si no se cuenta con firma digital, se debe gestionar una cita virtual, entrando en contacto con un funcionario a través de email. En la web de la entidad se pueden encontrar mayores detalles.