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Economía

06 nov 2017 - 8:07 p. m.

Llantas, con nueva normativa

Los vehículos que, por tecnología, no tengan el repuesto no podrán ser multados.

Llantas

Hay llantas que se ‘autoreparan’, sin tener que cambiarse.

Archivo portafolio.co

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Portafolio

"Los vehículos que, por sus condiciones, características técnicas y tecnológicas, no posean llanta de repuesto podrán circular y no ser objeto de órdenes de comparendo”.

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Así reza una circular del Ministerio de Transporte, con la cual se le abre otra puerta a la innovación de este sector, toda vez que le da flexibilidad a aquellos carros que no cuentan con un neumático de repuesto para no ser multados, debido a que no los necesitan, ya que pueden seguir operando si uno de ellos se daña.

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“Precisamos que hay vehículos que utilizan otras tecnologías antipinchazos, por ejemplo, entonces no hace falta exigirle estas características”, explicó Alejandro Maya, viceministro de Transporte.

Es necesario que se “apliquen criterios objetivos de valoración por parte de quienes ostentan la potestad de autoridad de control de tránsito, para que cuando detecten (...) un vehículo que no cuente con llanta de repuesto, el conductor no sea objeto del comparendo”, dice el documento.

Es más, este menciona dos tecnologías que actualmente funcionan en vehículos de este tipo el Tire Repair Kit o Mobility Kit y el Run flat.

POLARIZADOS, TAMBIÉN

De igual forma, la cartera de Transporte expidió otra circular, que remitió a las autoridades de tránsito del país, con el fin de dar claridad en cuanto al uso de vidrios oscuros o polarizados.

La cuestión, agrega Maya, es que “en algunas ciudades se hacía la inspección por medio de ‘ojímetros’, con lo cual desde ahora solo podrán imponer órdenes de comparendo cuando se determine, con precisión, el grado de polarización con algún dispositivo tecnológico, tales como un fotómetro, luxómetro o similar”.

Es importante aclarar que el grado de acristalamiento no podrá exceder el 30%, según lo dicta una resolución y una ley.

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