Una norma de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), expedida recientemente, le terminaría de dar la razón a la administración de Naturgy (antes Gas Natural Fenosa), en su pleito con Colombia, luego de la intervención de la Electrificadora del Caribe (Electricaribe) en noviembre de 2016.
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Se trata de la Resolución 010 de 2020 (producto del reciente Plan Nacional de Desarrollo) a la que tuvo acceso Portafolio, y que establece “un régimen transitorio especial en materia tarifaria para las actividades de distribución y comercialización de energía eléctrica en el mercado que actualmente atiende” Electricaribe.
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Con el articulado contenido en la citada norma se establece una flexibilidad para cobrar más gastos de administración, operación y mantenimiento (AOM), con el fin de asegurar la sostenibilidad de la prestación “eficiente del servicio público domiciliario de energía eléctrica en la región Caribe”.
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Precisamente, esta tabla de salvación –que hasta ahora se lanza para mejorar el servicio– fue la que solicitó en varias ocasiones la administración de la entonces Gas Natura Fenosa, cuando tenía bajo su mando a Electricaribe, y a la que apelaría la defensa de Naturgy para argumentar que el Estado colombiano sí podía expedir, en su momento, una normativa similar para continuar con la operación.
“Luego de la intervención se presentaron unos cambios en la estructura del negocio que apuntaron al rescate de la empresa, así como para la recuperación de pérdidas de energía, más si existían compromisos de inversiones, y sin un pasivo pensional claro y de períodos anteriores”, señaló Javier Lastra Fuscaldo, quien hace unos años fue agente interventor de Electricaribe.
Y agregó que hoy en día, el Estado, a través de esta resolución, y con la reestructuración de la empresa ya puede encontrar una hoja de ruta que le ayude en buena medida para lograr ese cierre financiero del negocio.
CON PLANES DE INVERSIÓN
Según el articulado de la Resolución Creg 010 de 2020, el régimen especial transitorio para tarifas partirá de una presentación de un plan de inversión, con un horizonte a cinco años, correspondientes al período 2021 - 2025, y otro similar, pero para el período 2022 - 2025, y con fecha límite de radicación el 1.° de abril de 2021.
“En caso que no se presente el plan de inversión en los plazos establecidos se considera que hay un incumplimiento a la regulación y una posible afectación de la calidad, seguridad y confiabilidad del Sistema de Transmisión Nacional (STN), Sistema de Transmisión Regional (STR) o Sistema de Distribución Local (SDL)”, advierte la Resolución.
Así mismo, para el cálculo de la fórmula de la AOM, se tendrán en cuenta los gastos anuales de AOM “de los mercados resultantes que se trazarán con base en la información de Electricaribe de manera proporcional a la base regulatoria de activos eléctricos, a la fecha de corte, de cada uno de los mercados resultantes”.
Y para trazar la fórmula, cuando sean pérdidas “se utilizará la información del mercado Caribe y se repartirá en forma proporcional a la longitud de redes rurales”.
MEDICIÓN EN LA CALIDAD
La normativa dedica seis artículos más a la medición en la calidad del servicio, a partir de los indicadores en referencia media y mínima garantizada, que se realizará con base en la información de 2019.
“Las metas de calidad media para el año cinco del plan de inversiones serán iguales a las obtenidas con base en los indicadores de referencia de calidad media de los mercados resultantes –operador(es) producto del proceso de búsqueda–, calculados con la información del 2019, aplicando una reducción del 34%”, reza la norma.
Más adelante, la resolución subraya que para la aplicación del porcentaje de reducción anual de indicadores, la meta anual será calculada por la Creg aplicando una reducción del 8% anual.
Así mismo, señala que la remuneración por la actividad de distribución, mientras se aprueban los ingresos anuales, se amparará con la Resolución de la Creg 097 de 2008.
Finalmente, el nuevo operador(es) podrá presentar a la Creg una opción tarifaria para la aplicación gradual de variaciones de tarifas al usuario final, siempre y cuando no se excedan los parámetros establecidos en la norma.
“Esperamos que el proceso sea exitoso para beneficio de toda la región y el país. No debemos olvidar que el mercado del Caribe representa cerca de una cuarta parte del territorio. Se requiere de una solución estructural. Confiamos en que las acciones que se están tomando incentiven la participación de jugadores estratégicos, con experiencia y solidez financiera”, señaló José Camilo Manzur, presidente de Asocodis.
RECURSOS PARA ELECTRICARIBE
En tres años de intervención, el Gobierno ha gestionado más de $2 billones en recursos frescos para la electrificadora, según la Superservicios. La entidad explicó que $735.000 millones serán ejecutados en 2020 en inversiones para mejorar la red que presta el servicio de electricidad a la costa.
Estas cifras serán asumidas con dinero del presupuesto nacional y una parte se financia con la sobretasa a la electricidad en estratos 4, 5 y 6. El Gobierno afirma que las inversiones han permitido reducir el número e intensidad de los cortes de luz. Sin embargo, la costa necesita más de $8 billones para frenar el deterioro y lograr un servicio de calidad. El Gobierno planea vender la compañía a finales del este mes.
Alfonso López Suárez
Redacción Portafolio