Los saldos de las cuentas corrientes y de ahorro que hayan permanecido inactivas por un periodo mayor a un año podrán ser utilizados por el Gobierno para financiar el Presupuesto General de la Nación (PGN).
(¿Por qué el 'traslado exprés' fue una iniciativa que ‘nació muerta’?).
Así lo establece el artículo 78 del PGN, el cual fue aprobado este martes en la noche por el Congreso y solo está a la espera de la sanción presidencial.
"Serán transferidos (los saldos) por las entidades financieras tenedoras a título de mutuo a la Nación (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, con el fin de financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación", dice el texto.
También se dejó claro que "los respectivos contratos de empréstito celebrados entre la Nación y las entidades financieras para efectos de la transferencia de los saldos de las cuentas corrientes o de ahorros inactivas solo requerirán para su perfeccionamiento y validez la firma de las partes y su publicación".
(Qué fue lo que aprobó el Congreso en el Presupuesto General 2022).
Pese a que la iniciativa contempla el uso de estos recursos por parte del Gobierno, también establece condiciones para su uso, entre ellos un límite del saldo y la devolución del dinero en caso de que el titular de la cuenta solicite la reactivación de la misma o pida el reembolso del saldo ante la entidad financiera.
En cuanto al límite para su uso, se establece que el saldo no debe superar los 322 UVR (Unidad de Valor Real. 100 UVR equivalen a 26.709,35 pesos colombianos), es decir $92.000.
(Los recursos extra con los que el Gobierno podría mejorar su caja).
Así mismo, se insiste en que se deberá devolver el saldo cuando el titular de la cuenta inactiva solicite reactivarla o pida el dinero de conformidad con las disposiciones vigentes.
Artículo 78
Archivo particular
PORTAFOLIO