El gobierno nacional radicó entre la noche de este lunes y la madrugada del martes el documento para la segunda ponencia de la reforma tributaria. Algunos de los cambios ya se conocían por cuenta de los anuncios del gobierno o no ha habido modificaciones sustanciales en otros puntos.
(Qué cambios tiene la reforma tributaria para el segundo debate).
Frente al primer documento presentado, este articulado presenta una modificación frente a cómo se calcula la sobretasa de renta para las empresas del sector minero energético. Por ejemplo, para la extracción de hulla (carbón de piedra) y carbón de lignito se estableció una metodología que cuando el precio promedio del año gravablese encuentre por debajo del percentil 45 de los precios promedio mensuales de los últimos 120 meses antes al año gravable no se aplicará sobre tasa. Pero si el promedio se ubicó entre el percentil 45 y 60 se aplicará 5%; y cuando sea por encima del percentil 60, la tasa aplicada será 10 puntos porcentuales superior (45%).
Al respecto, Carlos Cante, presidente de Fenalcarbón advirtió que "la nueva fórmula no establece ninguna diferenciación entre los tipos y calidades de carbón que se producen, entre térmicos y metalúrgicos. Por el contrario, con esta nueva fórmula se estaría penalizando aún más los carbones de interior".
(Productos ultraprocesados que llegan a segundo debate de la tributaria).
Señaló que por esto mismo, el cálculo llevaría a que la sobre tasa siempre fuera de 10% y no de las tarifas inferiores, por lo que las reinversiones del sector se verían disminuida; tendría efectos en la productividad y en un momento final en la empleabilidad.
En el caso de la renta de las petroleras, el documento establece sobre tasas de 5%, 10% y 15%.
Cuando el precio promedio del respectivo año gravable se encuentre por debajo del percentil 30 de los precios promedio mensuales de los últimos 120 meses, se aplicará 0 puntos de sobretasa; si está entre 30 y 45 sería de 5%; en el caso de estar entre 45 y 60 se aplicará 10%, y cuando sea superior a 60 aplicará de 15%.
Dentro de los cambios se encuentra que el precio de referencia internacional no será el WTI sino el Brent, que había sido una de las peticiones del sector.
Uno de los que sí fue un gran cambio para el sector es las hidroeléctricas también estarían sometidas a una sobretasa de 3% entre 2023 y 2026. Voceros del sector han señalado que esto tendría un efecto negativo sobre las tarifas de energía. Camilo Sánchez, presidente de Andesco, explicó que esto podría ir en contra de los avances que se hizo con la renegociación de los contratos de energía.
Cabe recordar que en Colombia, más de 70% de la energía se produce con centrales hidroeléctricas.
Sin embargo, el mismo articulado señala que "la sobretasa establecida en el presente parágrafo no podrá ser trasladada al usuario final. Lo anterior considerando el régimen de competencia definido para cada etapa de la cadena de valor de la prestación del servicio de energía eléctrica".
Uno de los puntos que se mantuvo entre el primer articulado y este es que las regalías no pueden ser deducidas del impuesto de renta. A pesar de que los gremios señalaron que esta es una práctica realizada en otros países, el Gobierno decidió no modificar este. Ahora las compañías mineras y energéticas no podrán restarlas de su impuesto de renta, sobre el que además aplicará el nuevo cálculo de sobretasa.
Estos dos factores sumados le restarían competitividad al sector, lo que llevaría a una menor inversión y en el mediano y largo plazo, menos empleos.
"La prohibición de deducir las regalías genera una renta ficticia que puede ahogar al sector minero en circunstancias de precios normales que, combinado con una sobretasa en renta, le resta competitividad y por ende viabilidad en el largo plazo", dijo Juan Camilo Nariño, presidente de la ACM.
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