Carolina Suárez, abogada experta en seguridad social de la firma TG Consultores, explica lo que deben saber los empresarios colombianos sobre los aportes que deben hacer a sus trabajadores para evitar sanciones.
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¿Por qué es importante estar al día en los aportes de los trabajadores?
Primero, porque se va a evitar pagar de más ya sea por temas de intereses y sanciones moratorias o incluso las que puedan llegar a imponerse directamente por parte de las AFP o de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).
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Segundo, porque evita el riesgo de asumir las prestaciones asistenciales o pensionales en caso de que un trabajador que sufra un accidente, se enferme o fallezca, recordando que este último aporte cubre los riesgos para la vejez, invalidez y muerte.
¿Cuál es el error más frecuente que cometen las empresas en este temas?
Generalmente omiten relacionar las novedades de nómina como licencias no remuneradas, incapacidades o retiros, incluyendo el retiro frente al subsistema de pensiones cuándo el trabajador acredita los requisitos para acceder a este derecho y no desea continuar efectuando aportes a pensión.
¿Por qué es tan importante reportar las novedades de nómina?
Para evitar requerimientos ante la UGPP o marcaciones en la base de datos de las Administradoras de Pensiones que generen deudas presuntas o reales.
¿Cómo resolver estos requerimientos?
Importante iniciar por los procesos de reclamaciones administrativas ante las AFP y hacer las respectivas liquidaciones y correcciones de deudas aplicando novedades, generalmente cuando se emiten estos requerimientos si bien en algunos casos se debe realizar el pago, no necesariamente es como lo establece la administradora, por lo que es en extremo importante ejercer el derecho de depuraciones de deudas presuntas y reales tendientes a que se efectúe el pago que en derecho corresponda.
¿A qué sanciones puede atenerse el empresario que no brinde respuesta oportuna?
Las entidades como las AFP tienen la obligación de velar porque tanto empleadores como independientes paguen sus aportes. Si detectan cualquier tipo de evasión, omisión o inexactitud, pueden iniciar acciones de cobros coactivos.
Asimismo, si en el ejercicio de esas facultades se evidencian moras en el pago de aportes o inexactitudes y no son corregidas, pueden terminar en embargos y remate de los bienes o cuentas bancarias del empresario, sin perjuicio de las sanciones que pueda llegar a imponer la UGPP.
Si dentro de la nómina hay un trabajador pre pensionado y hay aportes pendientes a la seguridad social ¿cómo puede enmendar el error el empresario que esté en esta situación?
A través de las planillas de corrección puede enmendar su error o realizando el pago de la denominada deuda pensional. De no hacerlo, el trabajador podrá accionar contra el empleador a través de un requerimiento formal o interponiendo una demanda laboral.
Fundamental recordar que estas deudas son imprescriptibles por lo que aun cuando la relación laboral se haya terminado hace más de tres años, el trabajador podrá ejercer acciones tendientes a este pago y entre más pase el tiempo más va creciendo la deuda al generase los intereses de mora.
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