En adelante los departamentos y distritos podrán usar sus excedentes de rentas cedidas (las que provienen de loterías, juegos, apuestas permanentes y licores) para pagar deudas de servicios no POS en el régimen subsidiado, además se les podrán dar nuevos usos a los recursos de regalías.
Así lo señala la Ley 1797 del 13 de julio de 2016, sancionada ayer por el presidente, Juan Manuel Santos.
En un comunicado la Presidencia señala: “la salud en Colombia tendrá nuevos recursos para su financiamiento y nuevas herramientas para su control gracias a la Ley de Fortalecimiento Institucional del Sector Salud”.
La norma, que consta de 28 artículos, establece nuevas posibilidades para el financiamiento de los servicios no incluidos en el plan de beneficios (no POS), fortalece el saneamiento contable y busca generar mayor liquidez en el flujo de recursos en el sector.
También fija nuevas normas para el buen gobierno y dota con más herramientas a la Superintendencia de Salud que, entre otros aspectos, tendrá que reforzar sus canales de comunicación con la ciudadanía para recibir y resolver quejas y reclamos.
En los temas financieros, la ley habilita el uso de excedentes de rentas cedidas en pago de deudas de servicios no POS en el régimen subsidiado, que hoy ascienden a 800.000 millones de pesos en todo el país.
La legislación también permite nuevos usos a los recursos provenientes de regalías, a los que se podrá recurrir para financiar servicios no POS, para pagar deudas del régimen subsidiado por contratos suscritos antes del 31 de marzo de 2011, y para capitalizar y sanear las EPS en las que participa la entidad territorial.
El uso de regalías puede aliviar la situación financiera de las EPS en las que tenga participación la entidad territorial. Por ejemplo, Savia Salud (Antioquia), Capital Salud (Bogotá) y Capresoca (Casanare) podrían encontrar solución a sus crisis gracias a esta fuente de recursos.
Dentro de las estrategias de saneamiento, la ley obliga a los actores del sistema a depurar y conciliar permanentemente sus cuentas. Otra medida es la modificación de la prelación de pagos en procesos de liquidación: las deudas reconocidas con IPS pasan del quinto al segundo lugar.
Por otra parte, la ley permite condonar deudas del régimen subsidiado que los municipios más pobres tengan con el Fosyga, y crea créditos blandos con tasa compensada con recursos de la Nación, sujetos a disponibilidad presupuestal.
En el tema de medicamentos permite que el Ministerio de Salud gire recursos directamente a proveedores del régimen subsidiado. Al reducir varios eslabones de la cadena de pago (Fosyga, EPS, IPS, proveedores de medicamentos) se podrá agilizar la entrega de los fármacos y la prestación de servicios.
La Supersalud tendrá la potestad para prohibir la venta de activos de EPS que tengan medidas especiales. Con esta, se evitará que las entidades con problemas financieros vendan sus activos para eludir el pago a sus acreedores.
Economía
14 jul 2016 - 6:09 a. m.
Llegará plata de regalías y juegos de azar para la salud
Nueva Ley pasa el pago a las IPS en procesos de liquidación del quinto al segundo lugar de prioridades y agiliza saldar medicinas a proveedores.

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