Se acerca la fecha en que los empleadores pagan la primera primera del año a todos sus trabajadores dependientes.
En este sentido, los empleadores tienen hasta el 30 de junio para pagar la primera prima del año según lo establece la ley.
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Ahora bien, la normativa establece que la prima son los 30 días de salario por año: en junio pagan 15 y en diciembre otros 15. Si el trabajador no estuvo durante todo el semestre, el pago debe ser proporcional al tiempo laborado (diario, semanal, quincenal).
Esto quiere decir que antes del 30 de junio, los empleados dependientes que trabajaron durante el periodo completo, recibirán un pago adicional equivalente a la mitad de su salario mensual.
Tenga en cuenta que los empleadores están obligados a pagar esta prestación a todos los trabajadores con los que tengan un contrato laboral, verbal o escrito, y distinto al de prestación de servicios; ya que este es un contrato civil y no laboral.
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Por ejemplo, si usted gana tres millones, en junio recibirá cuatro millones de pesos y medio: tres millones del salario más un millón y medio correspondiente a la prima legal.
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