En Colombia el sistema pensional es constantemente cuestionado por su funcionamiento. Mensualmente los cotizantes aportan el 16% de su salario a alguno de los dos regímenes: el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) y el Régimen de Prima Media (RPM).
(Lea: Prosperidad Social y Colpensiones sellan acuerdo en Programa BEPS).
Ahora bien, ¿qué pasa con los aportes una vez el ciudadano se pensiona? Generalmente, el jubilado deja de dar sus aportes cuando alcanza la pensión. No obstante, existen casos en los que la persona puede pensionarse de forma anticipada, por invalidez o por sustitución.
Cabe aclarar que la persona con capacidad de pago debe hacer los aportes al sistema de protección social así esté pensionado de forma anticipada o por otra causa.
Por ejemplo, un ciudadano que recibe pensión por sustitución, continúa trabajando y cotizando en salud y pensión ya que cumple requisitos.
Ahora bien, esto implica que aún con pensión, sigue cotizando a salud con aportes sobre el 12% y se reduce a 4% para quienes tengan como pensión un salario mínimo.
(Además: Razones por las que el 90% de afiliados a Colpensiones no se jubila).
En este sentido, el aporte a salud lo determinan las actividades económicas que le generan ingresos y no solo con base en la mesada de pensión. Esto se da cuando hay un contrato distinto a prestación de servicios, desarrollan actividades que generan utilidades o rendimientos, o por la prestación de servicios personales.
Para los casos en los que no se hace cálculo con estos ingresos, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) determinará al pensionado como omiso.
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