El próximo viernes 31 de marzo vence el plazo para que los empresarios y comerciantes renueven su matrícula mercantil.
De no hacerlo dentro de la fecha establecida, se puede exponer a multas económicas impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de hasta 17 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV), es decir $12’541.000.
Con el nuevo Código de Policía, es obligatorio contar con la renovación como requisito fundamental para el funcionamiento de la empresa o establecimiento de comercio. De no tenerla esto podría ocasionar el cierre temporal o definitivo del negocio.
(Lea: Paso para renovar su matrícula mercantil).
Además, con la nueva reglamentación deben tener actualizado el registro de las actividades que desarrollan en sus negocios, de no ser así las autoridades pueden sancionar a quienes se encuentren desarrollando otras distintas a las contenidas en el registro mercantil.
Martín Salcedo, vicepresidente de servicios registrales de la Cámara de Comercio de Bogotá respondió las preguntas más frecuentes de los usuarios y señaló cómo debe realizar este trámite de manera sencilla.
Por otro lado, quien lo haga en la fecha establecida y a través del medio virtual recibirá incentivos como: el acceso gratuito al programa acompañamiento que tiene la Cámara de Comercio de Bogotá para los empresarios, un 10% de descuento en el valor de los cursos y diplomados que ofrece la entidad. También podrán contar con un descuento del 10% en los programas de pregrado y un 20% en los de posgrados en Uniempresarial, filial de la CCB.
Adicional a esto recibirán cuatro entradas al Parque Mundo Aventura.
La renovación virtual se puede realizar en cuatro pasos:
• Ingresar a www.ccb.org.co/renovaciones
• Obtener la clave virtual
• Diligenciare el formulario que aparece allí. Aquí se debe ingresar el número de identificación, correo electrónico y el número de la matrícula de la empresa a renovar.
• Por último, realizar el pago del recibo u orden de compra, ya sea de manera virtual, en alguno de los bancos indicados o en cualquiera de las sedes de la CCB.
(Lea: Paso para renovar su matrícula mercantil).
LAS OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
De acuerdo con el artículo 19 del Código de Comercio las obligaciones del comerciante son:
- Matricularse en el Registro Mercantil y realizar su renovación anualmente.
- Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos.
- Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.
- Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.
- Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles.
- Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
Negocios
14 mar 2017 - 11:06 a. m.
Conozca cómo puede renovar su matrícula mercantil
El 31 de marzo vence el plazo para que empresarios y comerciantes renueven. Martín Salcedo de la CCB responde las dudas en este video.
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