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31 jul 2018 - 10:39 p. m.

Corte Constitucional decidiría hoy solicitud de Cerro Matoso

No tener en cuenta todas las pruebas presentadas y la jurisprudencia de unificación, son los argumentos del complejo para invocar la nulidad parcial.

cerro matoso

Uno de los grandes obstáculos del complejo con las comunidades ha sido por el desarrollo de las consultas previas.

ETCE

POR:
Portafolio

El complejo de Cerro Matoso espera que la Sala Plena de la Corte Constitucional acepte hoy la solicitud de nulidad que interpuso ante el fallo a una acción de tutela en el que le ordena una serie de medidas sociales y ambientales para seguir a mediano y largo plazo con su operación.

El estudio a esta solicitud de la minera está como quinto punto en el orden del día, y son los magistrado quienes escucharán las razones del togado Alberto Rojas Ríos, para aceptar o no esta nulidad.

(Lea: Pruebas de Cerro Matoso para buscar la revisión de su caso)

Portafolio pudo establecer que Cerro Matoso se ampara en dos tesis jurídicas para pretender demostrar por qué no debe ser tomada en cuenta la sentencia al fallo de tutela que emitió la corte en abril pasado.

El primer argumento de Cerro Matoso es que el alto tribunal desconoció, o no atendió, todas las pruebas que aportaron sus abogados en los cinco años que estuvo este caso en revisión en los magistrados.

(Lea: Revisión del fallo, la vía para mina Cerro Matoso

Para la minera se aportaron al proceso cientos de pruebas técnicas y científicas, todas dentro del marco legal, y que fueron desconocidas, ni siquiera observadas o tenidas en cuenta por la citada corte.

Incluso, y como lo ha indicado Portafolio en ediciones anteriores, que el tribunal fundamenta su fallo en un reporte de Medicina Legal, el cual tiene como conclusión que no se puede establecer una relación de causalidad directa entre la operación de Cerro Matoso y las enfermedades que presentan algunos de los habitantes cercanos al proyecto.

(Lea: Corte Constitucional hace observaciones y requerimientos a la operación minera en Cerro Matoso

Así mismo, Medicina Legal establece que deben desarrollar nuevos estudios y pruebas en el medioambiente para terminar de definir si hubo una causalidad directa, más si el reporte no concluye o establece que las enfermedades sean causadas por la operación del complejo.

Para los magistrados existe una causalidad de probabilidad de que las afectaciones fueron originadas por la operación de la empresa. Pero la minera considera que se tomaron en cuenta perjuicios los cuales no están debidamente probados.

Aunque Cerro Matoso se ha mantenido hermético frente al tema, este diario estableció que una de las demandas de la minera es que ni el informe de Medicina Legal, ni otro informe de peritazgo, no han sido tomados en cuenta, de manera integral, dentro del sumario procesal, lo que sería motivo suficiente para que la Corte Constitucional considere avalar la solicitud de nulidad.

La segunda razón a la que apela la compañía minera es señala que la Corte Constitucional ha desconocido una jurisprudencia de unificación que ha dictado la Sala Plena de este mismo alto tribunal.

Es decir que, para el tema de indemnización por perjuicios, el tribunal estableció una serie de requisitos para establecer si sus magistrados terminan estudiando los casos.
Entre los requisitos están que, dentro del ordenamiento jurídico no exista otra vía para que las personas accedan a esa indemnización por perjuicios, como las acciones de grupo, o las acciones de responsabilidad civil extra-contractual, entre otras.

Para Cerromatoso, es claro que si los demandantes quisieron establecer y probar una relación de causalidad directa entre el daño y el agente que causa el daño, debieron haber acudido a otras vías consagradas en el ordenamiento jurídico colombiano.

Además, la minera aseveraría que la misma Corte Constitucional reconoce que no se pudo comprobar esta relación de causalidad directa, así la indemnización por perjuicios no es procedente ya que violaría o desconocería la sentencia de unificación que ha defendido este tribunal cuando se han presentado casos similares.

Otro de los requisitos que exige la Corte Constitucional para poder dictaminar perjuicios es que solo podría fijarlos por daños causados y no en lucro cesante. Es decir, la pérdida que se deja de percibir por el daño.

Para Cerro Matoso existirían razones muy claras para que la Corte Constitucional considere revisar esta sentencia. Sobre todo en materia de indemnización por perjuicios.
Cabe recordar que la solicitud de nulidad interpuesta por Cerro Matoso no cobija toda la sentencia de abril, es parcial, y sobre tres ordenes que tienen que ver con la indemnización por perjuicios causados por la operación.

Como lo ha venido informado de forma regular al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el complejo minero ha ejecutado todas las recomendaciones y solicitudes que ordenó el tribunal. En cada memorial, el complejo minero explica detalladamente, incluso con documentación, cada uno de los pasos desarrollados.

Sin embargo, uno de los procesos ordenados por la Corte Constitucional, el de las consultas previas, tuvo una demora de dos meses, ya que las comunidades solicitaron la conformación de la Comisión Relatora.

Así lo estableció la sentencia a la tutela, sin embargo no precisó si esta comisión era un prerequisito.

DEMORA EN INICIO DE CONSULTAS

Cuando se comenzó el proceso, las comunidades amparadas bajo esta tutela no permitieron el arranque normal de las consultas previas alegando que primero debía conformase la Comisión de Relatoría para vigilar el cumplimiento de las órdenes.

Cerro Matoso solicitó al Tribunal de Cundinamarca el cual precisó que no era un requisito para iniciar el proceso de las consultas.

Actualmente se está adelantando el proceso de preconsulta y se está tratando de llegar a acuerdos para establecer la ruta metodológica y el cronograma de las mismas consultas.

Pero la diferencia entre empresa y comunidades está en el costo de esa ruta metodológica, en particular en el costo de los asesores externos. Las comunidades comenzaron en las primeras reuniones exigiendo un costo cercano a los $25.000 millones para contratar los asesores.

Alfonso López Suárez
Redacción Portafolio

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