DOMINGO, 03 DE DICIEMBRE DE 2023

Noticias económicas de Colombia y el mundo

Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Empresas

30 may 2016 - 5:11 p. m.

‘Autos particulares no pueden prestar servicio público de pasajeros’

Así lo reiteró el Mintransporte al reglamentar este fin de semana los taxis de lujo. Uber dice que solo podrán acceder los actuales ‘amarillos’.

Protestas en Bélgica contra Uber

Archivo particular

POR:
Portafolio

Ni los autos particulares ni los de transporte especial están autorizados para movilizar pasajeros particulares. Así lo reiteró este fin de semana el Ministerio de Transporte al dar a conocer el texto de la Resolución 2163 que reglamenta los taxis de lujo.

Esta norma era esperada con ansiedad por los empresarios del transporte tradicional y por los que trabajan con aplicaciones tecnológicas como Uber. La expectativa era que zanjara el conflicto que existe entre ambas modalidades. “Hemos cumplido”, afirmó el ministro del Transporte, Jorge Eduardo Rojas, al señalar que es esta “una oportunidad para que el servicio de transporte individual se preste con herramientas que faciliten al usuario el acceso al servicio, mecanismos electrónicos de pago e información sobre la empresa prestadora y el conductor”.

Reiteró que el artículo 5 de la Ley 336 de 1996 ordena que con carros particulares no se pueden dedicar a esta actividad y pidió a todas las personas que están en la modalidad especial que se abstengan de prestar el servicio individual con vehículos que no están habilitados.

La Resolución 2163 establece que los taxis que se empleen para transporte individual de pasajeros de lujo serán negros, con una franja a cuadros gris y negra para asegurar mejor su identificación.

Además, las plataformas tecnológicas son de uso obligatorio por los prestadores, para lo cual una empresa puede tener la propia o contar con ella mediante alianzas.

Igualmente, deben tener una manera de calificar al operario, identificar el vehículo, garantizar el monitoreo y el control de la tarifa, así como la disponibilidad y el cumplimiento de los servicios requeridos.

Los conductores tendrán que contar con una certificación especial y haber recibido capacitación en atención al usuario. Las tarifas serán fijadas por la autoridad local (secretarías de Tránsito y Transporte), garantizando la adecuada diferenciación de precios con el servicio corriente. “Cabe anotar que esta reglamentación fue previamente socializada desde su publicación el 26 de abril en la página web del Ministerio y a través de 6 mesas de trabajo con los actores interesados, en las que se recogieron las observaciones e inquietudes de los diferentes sectores”, aclaró el Mintransporte.

Por su parte, en un comunicado, voceros de Uber alabaron que se haya dado un primer paso para reglamentar nuevas formas de movilidad, pero señalaron que tanto el decreto 2297 del 2015 como la Resolución 2163, restringen esta categoría a los actuales propietarios de taxis amarillos y al sistema de cupos. “Ningún nuevo jugador puede ofrecer esta modalidad de lujo en las condiciones actuales, ya que los cupos se encuentran monopolizados por particulares y se transan en un mercado informal sin ningún control”, advirtieron. Recordaron que la tecnología ha creado nuevas oportunidades de emprendimiento y les ha permitido a más de 30 mil conductores acceder a una fuente de ingreso flexible.

Gremio tiene objeciones a la resolución

Ernesto Sandoval, representante de los taxis en Fenalco Bogotá, afirmó que la Resolución 2163 se quedó corta con respecto a las expectativas que se tenían de que mediante esta se renovara todo el sector.

“Esta reglamentación dice que el servicio de lujo debe tener accesibilidad, seguridad y confort y esto no solo debe ser en el taxi de lujo sino en todos los amarillos. El sector necesita transformación total”, aseguró.

Recordó que Uber ha sido tajante en que no se va a crear una firma de transporte a instancias suyas.

Destacados

Más Portales

cerrar pauta