La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió un fallo en el que declara que Bavaria “incurrió en el acto de competencia desleal denominado pactos desleales de exclusividad”, y ordenó a la compañía abstenerse de suscribir, a futuro, contratos de suministro que incluyan cláusulas de exclusividad para la venta de cerveza.
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El fallo se dio a raíz de una demanda presentada por Central Cervecera de Colombia S.A.S. contra Bavaria, en la que la compañía argumentó que su competidor “con su posición dominante en el mercado”, había generado cláusulas de exclusividad, lo que según Central Cervecera estaría obstruyendo la comercialización de cerveza y restringiendo el acceso de la compañía al mercado.
De acuerdo con la Sentencia 4407, proferida el 29 de abril de 2021 por el juez de la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la SIC, “se encuentra demostrado que Bavaria en su ejercicio de comercialización de cerveza y contando con la posición privilegiada de la que ha gozado, ha suscrito cláusulas de exclusividad con diversos propietarios de establecimientos”.
La entidad condenó también a Bavaria a pagar a Central Cervecera el equivalente a 8 S.M.M.L.V (cerca de $7 millones) “por concepto de agencias en derecho”. Ahora, las partes pueden apelar la decisión ante el Tribunal Superior de Bogotá.
Según la SIC, “el juez negó las demás pretensiones de la demanda e hizo un fuerte llamado de atención a la demandada (Bavaria) por la conducta procesal de su apoderado, quien intentó alegar sin sustento la pérdida de competencia de la SIC para decidir este caso, lo que no se compadece con la corrección y lealtad procesal que se debe procurar en el marco de los procesos judiciales”.