La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó la sanción impuesta a Pesquera Jaramillo por vender a los consumidores menos producto de la cantidad promocionada en los empaques de anillos de calamar y camarón tití. La multa asciende a $383'612.840.
(Lea: Millonaria multa a Pesquera Jaramillo por mal pesaje en sus “anillos de calamar” y “camarón tití”).
La sanción se impuso al encontrar que la empresa comercializaba el producto Anillos de Calamar con un contenido real de 301,77 gramos, muy inferior al contenido declarado en el empaque (350 g), induciendo así en error a los consumidores al entregarles 48,23 g menos que la cantidad anunciada, esto es, el 13,78% menos de lo declarado en el empaque del producto.
Para el caso del paquete de Camarón Tití, se encontró que el contenido promedio real de los paquetes de 350 gramos era de 335 gramos, es decir, contenían 4 % menos de la cantidad anunciada lo que repercutía en que el consumidor final, pues solamente estaba recibiendo 96 % del producto.
En segunda instancia, si bien se ratificó que la sociedad comercializaba los productos “anillos de calamar” y “camarón tití” con menor cantidad de producto respecto del anunciado en los empaques, se consideró que las medidas correctivas desplegadas por la sociedad sancionada después de la visita de control fueron pertinentes para el cese de la conducta infractora, y por tanto se atenuó la sanción impuesta en primera instancia.
Es importante precisar que los productos “Anillos de Calamar” y “Camarón Tití” son un producto glaseados, es decir, que poseen una delicada capa protectora de hielo para su conservación, y en estos casos el empresario únicamente debe declarar el contenido o peso neto drenado, es decir descontando el hielo, con el fin de evitar la inducción a error a los consumidores quienes tiene derecho a recibir la cantidad de producto informado en el empaque.