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Empresas

30 ene 2018 - 8:38 a. m.

En 2017 se registraron 438 pleitos empresariales ante la Supersociedades

Conflictos entre socios, incumplimiento de los deberes de los administradores y acciones contra juntas directivas, son los pleitos más recurrentes.

Francisco Reyes Villamizar, superintendente de Sociedades.

Francisco Reyes Villamizar, superintendente de Sociedades.

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La Superintendencia de Sociedades dio trámite a 438 pleitos y disputas empresariales, la que es la cifra más alta de los últimos 5 años, de acuerdo con el reporte de la Delegatura para Procedimientos Mercantiles.

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El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, destacó el aumento en el número de demandas y litigios entre empresarios que llegan a la entidad, para ser dirimidos por la justicia societaria. Se pasó de recibir en 2013 un promedio de 15 procesos al mes, a recibir en 2017 un promedio de 37 casos mensuales.

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“Estas cifras muestran un auge importante de la jurisdicción de la Superintendencia. El año pasado se profirió un total de 3.406 providencias, entre sentencias y autos judiciales relacionados con conflictos societarios”, indicó Reyes Villamizar.

El Superintendente subrayó que además de sentencias finales, también se han proferido medidas cautelares, que normalmente ponen fin a un litigio porque llevan a las partes a hacerse conscientes de las posibilidades que tienen dentro del proceso, de predecir los resultados del litigio y llegar a una conciliación amigable.

El funcionario destacó la efectividad del modelo de justicia societaria, no solamente resolviendo pleitos relacionados con la ineficacia de las decisiones de asambleas de accionistas y juntas directivas, sino también dirimiendo conflictos que se dan entre accionistas, problemas relacionados con disoluciones y liquidaciones de empresas, situaciones de abuso del derecho, problemas con administradores, entre otros temas.

Finalmente y con motivo del décimo aniversario de las S.A.S, Reyes recordó que los empresarios no pueden refugiarse en sociedades para evadir el cumplimiento de las normas y sostuvo que quien utilice las sociedades en fraude o en perjuicio de terceros, responde solidariamente por las obligaciones originadas en tales actos.

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