El Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia, Germán Enrique Bacca Medina, formuló pliego de cargos contra General Motors Colmotores S.A., fabricante de los automóvilesmarcaChevrolet, por presuntas infracciones al régimen de libre competencia al prohibir a sus concesionarios y a los inversionistas de los mismos constituir sociedades o abrir establecimientos de comercio independientes para distribuir y comercializar vehículos de marcas diferentes a Chevrolet.
Según la Superintendencia de Industria y Comercio, con estas conductas se estaría limitatando la entrada y expansión de otros competidores en el mercado automotriz colombiano, lo cual implicaría una violación a lo establecido en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959, que prohíbe toda práctica, procedimiento o sistema tendiente a restringir o limitar la libre competencia económica.
La Superindustria también formuló pliego de cargos contra seis funcionarios, exfuncionarios y personas vinculadas directa o indirectamente con General Motors Colmotores S.A. Chevrolet, porque al parecer colaboraron, facilitaron, autorizaron, ejecutaron o toleraron la conducta anticompetitiva objeto del pliego de cargos.
En el pliego de cargos, la Superintendencia no consideró reprochable que General Motors Colmotores S.A. prohibiera a sus concesionarios distribuir otras marcas de vehículos en establecimientos de comercio Chevrolet –cuestión que puede ser legítima para conservar la imagen de la marca e incentivar la competencia con terceros-, pero sí que que prohibiera a los empresarios crear compañías o abrir establecimientos de comercio diferentes e independientes para comercializar marcas competidoras.
Dentro de las pruebas recaudadas se encuentran contratos y correos electrónicos en los que consta la prohibición de comercializar otras marcas sin la autorización de la empresa, así como documentos que demostrarían la terminación de los contratos por parte de General Motors Colmotores S.A. a concesionarios que crearon empresas para comercializar otros vehículos, tales como Distribuidora Los Coches La Sabana S.A.y Calima Motor S.A.
En el caso de que el proceso termine declarando que si existió violación a las normas de libre competencia, la Superintendencia, además de adoptar medidas para que cesen las conductas anticompetitivas, puede imponer multas a quienes infrinjan las disposiciones de prácticas restrictivas de la competencia hasta por $64.400.000.000 por cada infracción y a las personas que actúan en representación de quienes infrinjan esas disposiciones, hasta 1.288.000.000.