Actualmente la máxima multa que puede imponer la Superintendencia de Sociedades a empresas que infrinjan el régimen de sociedades es de 200 salarios mínimos mensuales.
Sin embargo, si es aprobado un proyecto de ley que fue radicado ayer en el Congreso, este monto se elevaría hasta los 2.000 salarios para personas naturales y hasta los 100.000 salarios (más de 64.000 millones de pesos) para personas jurídicas.
El texto, compuesto por 54 artículos, presentado por iniciativa gubernamental, amplía otras facultades de la Supersociedades. Por ejemplo, le permitiría remover a los administradores, al revisor fiscal o empleados, prohibir el ejercicio del comercio hasta por 10 años e imponer amonestaciones pedagógicas convertibles en multas.
Así mismo, se extenderían algunas de las reglas previstas para la Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) en la Ley 1258 del 2008 a los tipos de sociedad regulados en el Código de Comercio.
Además, plantea la posibilidad de que la figura de la SAS se adopte para cualquier actividad de explotación económica, excepto aquellas que requieran autorización de la Superintendencia Financiera.
El proyecto crea seguros de responsabilidad a cargo de la sociedad y estipula el reembolso de gastos de defensa de los demandados cuando se encuentre que el proceso por el cual se les investiga fue iniciado o tramitado sin una justificación razonable, o con el propósito de perseguir un fin ilegítimo. Y entre otras cosas, permite realizar varios trámites por internet.