Por no dar cumplimiento a las solicitudes de terminación de contratos en el término establecido por la ley y por remitir información inexacta sobre la presentación de quejas de sus usuarios ante la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a Claro con una multa de $983.139.360
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De acuerdo con la SIC, la investigación inició a partir de 33 quejas de usuarios, junto con la información reportada por la compañía como respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad.
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Así las cosas, se comprobó que Claro no realizó la terminación del servicio en 3.416 casos dentro del ciclo de facturación correspondiente. Adicionalmente, omitió tramitar solicitudes de terminación recibidas a través de la línea de atención telefónica, exigiendo a sus clientes un horario de atención diferente al establecido en la ley y, en otros casos, se exigieron requisitos adicionales para el trámite de la solicitud de terminación del contrato, e incluso se generó el cobro de facturas posteriores a la solicitud de terminación del contrato por parte de los clientes.
“Claro presentó información inexacta sobre las reclamaciones, pues informó a esta autoridad que durante el primer semestre del año 2018 recibió un total de 4.611 quejas relacionadas con la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago en los servicios móviles, mientras que a Ministerio de las TIC le reportó 28.060 casos durante el mismo periodo.
Al respecto, Claro indicó que no ha sido notificado formalmente de la resolución emitida por la SIC y no tiene más información sobre los argumentos que llevaron al organismo a imponer la sanción más que la dada por medio del comunicado de prensa de la autoridad.
"En cuanto conozcamos la Resolución que impone la sanción, analizaremos cuidadosamente los motivos esgrimidos por la SIC e interpondremos los correspondientes recursos de ley en defensa de los intereses de la compañía", expreso.
Contra la anterior decisión proceden los recursos de reposición y apelación.