¿Tiene el ministerio de Trabajo competencia para convocar un Tribunal de Arbitramento para dirimir el conflicto laboral entre Avianca y los pilotos sindicalizados en la Acdac? Esta es la pregunta que muchos se hacen, luego de que el Gobierno decidiera optar por esta instancia como una medida para terminar la huelga, que ya entra a su tercera semana.
Para el abogado Jaime Cerón Coral, experto en materia laboral y profesor universitario, la respuesta es no, a menos de que la huelga se extienda por más 60 días, término que todavía no se ha cumplido.
(Lea: 'Mintrabajo se equivocó al convocar a tribunal de arbitramento').
“Al expedirse la Ley 1210 de 2008, por recomendaciones de la Organización Internacional de Trabajo (OTI), y en cumplimiento a los convenios 87 y 98, se le suprimió al Ministerio de Trabajo la función de declarar legal o ilegal una huelga, y se creó un procedimiento especial a la justicia ordinaria”, señala Cerón Coral.
Según el jurista, bajo esta ley el Mintrabajo no tiene facultades, por ahora.
“Sí tendrá esa facultad cuando el huelga dure más de 60 días, pero siempre y cuando se aplique el artículo en su integridad que dice que: Cuando una huelga se prolongue por sesenta (60) días calendario, sin que las partes encuentren fórmula de solución al conflicto que dio origen a la misma, el empleador y los trabajadores durante los tres días hábiles siguientes, podrán convenir cualquier mecanismo de composición, conciliación o arbitraje para poner término a las diferencias”, agrega Cerón.
('Tribunal de arbitramento exige que pilotos en huelga retornen al trabajo de manera inmediata', según Avianca).
No obstante, el Ministerio de Trabajo sí tendrá facultad para convocar a un Tribunal de Arbitramento si el Tribunal Superior Bogotá, o la Corte Suprema de Justicia (si hay apelación), declara ilegal la huelga, decisión que se conocerá en primera instancia este miércoles, cuando el Tribunal tome una decisión.
Basado en los códigos penales, los pilotos no están en obligación de volver a trabajar.
Precisamente, para la Acdac, con esta medida, “el Gobierno desconoce los derechos de todos los trabajadores colombianos”.
“La ley nos permite 60 días de huelga y solo al término de este periodo se podría convocar el Tribunal. Dada entonces la ilegalidad de la Resolución para la conformación de un Tribunal de Arbitramento, no podemos proceder con el nombramiento de un árbitro, pues estaríamos incurriendo en un delito”, indicó el sindicato.
Así mismo, la Acdac informó que: “nuestros pilotos continuarán en Asamblea permanente”.
El miércoles, los pilotos en huelga tendrán que atender una cita en el Tribunal Superior de Bogotá, ante la demanda que interpuso Avianca para declarar la ilegalidad del cese de actividades.
El pasado jueves, el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Trabajo, convocó a un tribunal de arbitraje, en un intento por lograr un acuerdo que ponga fin a la huelga de un grupo de pilotos de Avianca, sindicalizados en la Acdac.
Esta decisión, adoptada por el Gobierno, obliga no sólo a que los pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac) regresen a su trabajo sino que junto a Avianca nombren cada una un árbitro para ponerse de acuerdo sobre un tercero.
Para la ministra de Trabajo, Griselda Restrepo, esta decisión se da al determinar que el transporte aéreo es un servicio público esencial.
“Este es un procedimiento a través del cual el Ministerio de Trabajo está entregando un instrumento a las partes, legal, obligatorio, toda vez que se ha determinado que el transporte aéreo es un servicio público esencial y que el Estado tiene la responsabilidad de proteger los intereses de todos los colombianos”, dijo la ministra de Trabajo.