La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó, en segunda instancia, las sanciones impuestas a los operadores Claro, Tigo y Movistar que ascienden a $9.221.460.625, por “amarrar” o condicionar ilegalmente el acceso a la compra de equipos, a través de la suscripción de un plan de servicios bajo la modalidad pospago, con condiciones y restricciones específicas, que de cumplirse, darían lugar a la pérdida del beneficio adquirido (cuotas gratis), tales como la disminución del cargo básico mensual del plan pospago; la terminación del contrato, y el cambio de pospago a prepago.
La Superintendencia pudo determinar, la interdependencia que existía entre el contrato de compraventa del equipo y el contrato de prestación de servicios, situación prohibida en el Régimen Integral de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones expedido por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
La CRC establece que estos contratos deben pactarse de manera separada y además que sus condiciones no pueden verse afectadas por lo que ocurra durante la ejecución del otro contrato.
La prohibición se encuentra establecida como consecuencia de la eliminación de la cláusula de permanencia mínima en servicios móviles desde el 1 de julio de 2014.
LAS SANCIONES
- Comunicación celular S.A. Comcel S.A. (Claro) $4.832.390.095
- Colombia Móvil S.A. E.S.P. (Tigo) $1.057.623.970
- Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. (Movistar) $3.331.446.560
Total: $9.221.460.625
Empresas
29 mar 2017 - 11:57 a. m.
Sanción a Claro, Tigo y Movistar por no acatar orden de eliminar la cláusula de permanencia
Según la SIC, los operadores ‘amarraban’ la compra de celulares con sus servicios de comunicación. Multa asciende a 9.200 millones de pesos.

Ofrecían cuotas gratis en la venta del equipo celular adquirido por los usuarios, siempre y cuando, sus usuarios suscribieran un plan de comunicaciones.
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