Soy un profesional colombiano que por fin logré unos ahorros suficientes en el 2018 para invertirlos. En los últimos dos años, he intentado encontrar la mejor forma de invertir para que ese patrimonio crezca razonablemente y pueda ser usado en una emergencia o para las fundaciones sin ánimo de lucro a las que pertenezco.
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No he logrado encontrar quien me pueda asesorar legalmente sobre cómo invertir sin que esta persona esté atada a una fiduciaria, fondo de pensión, comisionista o Sociedades Administradoras de Inversión (SAI). No logro entender por qué no hay asesores financieros independientes en Colombia.
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Desde la expedición del decreto 661 del 2018 (y antes el 2555 del 2010) del Ministerio de Hacienda de Colombia, las únicas entidades que pueden asesorar a clientes en valores inscritos en la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) y en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE), o en el exterior, son aquellas vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Esto quiere decir que las únicas instituciones que pueden dar asesoría a personas naturales sobre el mercado de valores en Colombia —a colombianos-— son: las Fiduciarias, los Fondos de Pensiones, los Comisionistas de Bolsas y las SAI.
Esto quiere decir que cada vez que le recomiendan a un cliente comprar o vender acciones, ellos mismos se pueden ganar una comisión, si son comisionistas o si uno invierte en sus productos, —por más que sea claro y transparente que lo hacen y cuánto cobran de antemano. El incentivo perverso es que pueden recomendar vender o comprar acciones o invertir —así sea de terceros— para que ellos mismos ganen plata y así sea que su remuneración personal no esté atada a la misma.
Es decir, un asesor independiente no está vigilado por la Superintendencia y por tanto legalmente no le puede decir a uno qué acciones comprar o vender en la BVC. Eso es absurdo.
Ni hablemos de las comisiones exorbitantes que cobran los fondos de pensiones voluntarios —de las más altas del mundo— como lo detalló recientemente un artículo de Bloomberg —por más que ofrezcan un beneficio tributario.
Este beneficio tributario, al final de cuentas, se lo está ganando el fondo de pensión en comisiones. Es decir, el estado le está pasando el beneficio tributario a los fondos de pensión privados en comisiones —un oligopolio. Las comisiones de los comisionistas también son muy altas comparadas a otros mercados.
Aunque el Decreto 661 del 2018 nace de regular un mercado riesgoso que puede significar pérdidas para usuarios, éste ha resultado en crear incentivos perversos y un mercado informal de asesores financieros independientes que legalmente no pueden dar ninguna recomendación a sus clientes.
En Colombia, las únicas personas que pueden dar consejos sobre acciones legalmente, son aquellos que se pueden beneficiar de sus mismas recomendaciones. Esto es un conflicto de interés. Esto se sabe desde el 2010 como lo detalló Diego Gómez en Dinero en el 2017.
Por ello, es necesario un proyecto de Decreto del Ministerio de Hacienda, por medio de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), para regular la actividad de asesores financieros independientes. La idea es crear un modelo endógeno basado en el de Chile y Estados Unidos. Diego Gómez arriba menciona algunas ideas.
Así lo dice el informe final de la última comisión nacional de valores de 2018-2019 en su página 183: “El Gobierno debe asegurarse de que la regulación de la actividad de asesoría sea compatible con la nueva estructura del mercado en la que convivan y compitan Asesores Independientes (incluidos “Independent Advisors” y Family Office), Distribuidores (Dealers / Broker-Dealers), etc”.
Los invitamos a que compartan esto para eliminar los incentivos perversos y los conflictos de interés de las fiduciarias, fondos de pensiones, SAIs y comisionistas de bolsa. Ellos mismos, de lo que hemos averiguado, lo han pedido.
Pedro Pizano
Abogado que trabaja en temas de desarrollo.
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