MARTES, 16 DE ABRIL DE 2024

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Camilo Herrera Mora

Sobre derechos adquiridos

Camilo Herrera Mora
POR:
Camilo Herrera Mora

Mucho se está hablando de las pensiones de los magistrados y congresistas en Colombia, porque sin lugar a dudas son injustas frente a otras realidades nacionales, más estos se afirman en la posición de que estas son derechos adquiridos.

Afortunadamente, el lenguaje algunas veces soluciona los debates. Un derecho constitucional es un derecho universal que cobija a toda la población colombiana, mientras que un derecho adquirido es uno que no tiene sino algunos que lo obtuvieron de manera legal, aunque claramente injusta e inequitativamente.

Todo surge del sistema pensional del siglo XX, que se fundamentaba en el principio de solidaridad, en el que un pensionado estaba financiado por 5 u 8 cotizantes, en mecanismo casi directo en el cual los empleados aportaban y el pensionado recibía esa plata del Seguro Social (básicamente un esquema Ponzi).

Esto solo funciona si la población crece de manera continua y envejece poco, en un escenario de creación de empleo cotizante continuo, sobre lo cual indiscutiblemente se demostró que es insostenible en Europa debido al envejecimiento de la población y las menores tasas de fecundidad; por esto, el mundo entero ha abandonado estos sistemas solidarios de prima media pasando a sistemas de aportes individuales o ahorros programados, y asegurando los aportes de los cotizantes y una pensión moderada para la jubilación, que depende de los rendimientos financieros.

Así, muchas de las pensiones que hoy paga el país no tienen una contrapartida para generarlas y evidentemente causan una presión fiscal muy importante, desembocando en que la inversión del Gobierno Nacional sea menor y fortaleciendo la mala distribución del ingreso que tenemos, simplemente porque algunos tienen derecho a muy buenas pensiones según la ley, mientras que otros no la tienen, así como los menos favorecidos ven cómo los recursos fiscales deben cubrir un muy buen nivel de vida de unos pocos beneficiados.

En esta lista no solo están los magistrados, sino los profesores, empleados públicos, congresistas y jubilados del Banco de la República, que tienen condiciones muy diferentes al resto de los ciudadanos.

Cabe anotar que algunos ponen en esta misma lista a las Fuerzas Armadas, más es fundamental comprender que su régimen especial de contratación y pensiones se debe a que cumplen turnos laborales diferentes y exponen su vida, por lo tanto en el mundo entero tienen consideraciones especiales.

Estos derechos adquiridos legal, pero injustamente, tienen al Estado en una enorme encrucijada, porque debe hacer un gasto obligado y socialmente ineficiente, como en el caso en que no hay cómo subir los sueldos del sector justicia, pero se deben pagar las pensiones de muchos magistrados.

Es momento de dar una revisión profunda a estas pensiones, que sin duda debe llegar amuchos de los derechos adquiridos de manera inequitativa, teniendo cuidado de no causar nuevos derechos generales, o de lo contrario nuevamente las cortes legislaran en sentido económico, desajustando nuevamente las finanzas públicas.

Camilo Herrera Mora

Presidente Raddar

camiloherreraraddar@gmail.com

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