Hay ocasiones en las cuales ciertas decisiones judiciales pueden tener un resultado contraproducente.
Eso es lo que acabaría ocurriendo con una determinación de la Corte Constitucional, que hace pocos días anunció la declaratoria de inexequibilidad de los Artículos 60, 61 y 62 de la Ley 1450 de 2011, mediante la cual se expidió el Plan de Desarrollo de la administración Santos.
Las disposiciones en cuestión tenían como meta flexibilizar las restricciones impuestas por la Ley 160 de 1994 relativas a la Unidad Agrícola Familiar (UAF).
Esta, en su momento, fue definida como “la empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal (que) permite a la familia remunerar su trabajo”.
En palabras menos técnicas, se trata de la tierra que le posibilita a un campesino obtener un ingreso suficiente para atender sus necesidades y aumentar su patrimonio.
Dicho criterio fue el usado originalmente por el Incora y posteriormente el Incoder para la adjudicación de baldíos o de parcelas adquiridas por el Estado para propósitos de reforma agraria. De tal manera, y con el fin de evitar fenómenos de concentración, las normas establecieron que nadie podía tener un terreno que midiera más de una UAF, si su origen era el mencionado.
Dependiendo de la zona del país, el tamaño de cada Unidad varía radicalmente.
En ciertas partes de Cundinamarca, la UAF oscila entre 3 y 5 hectáreas, mientras que en puntos del Caquetá puede llegar a 2.269, en el Meta a 1.840 y en el Guaviare hasta 1.725 hectáreas.
En principio, esa área debería ser suficiente para desarrollar explotaciones rentables.
Pero la experiencia brasileña, que le ha permitido al gigante suramericano volverse un gran exportador de alimentos, indica que la agricultura extensiva requiere iniciativas mucho más grandes, que pueden superar hasta las 100.000 hectáreas.
Así ha ocurrido en el Cerrado, una región similar a la Orinoquia colombiana. Esta última tiene unos 5 millones de hectáreas aptas para ser cultivadas, pero que hoy se dedican, primordialmente, a la ganadería.
Por tal motivo, en el Plan de Desarrollo se quiso relajar la camisa de fuerza de las UAF, que es la figura de propiedad que impera en buena parte de los antiguos territorios nacionales.
Por un lado, se permitía que los beneficiarios del Incoder pudieran formar parte de proyectos asociativos a los que podían aportar su tierra.
Por otro, se autorizaba que la Nación les arrendara propiedades a los particulares. En el caso de proyectos que superaran las 10 UAF, estos tenían que ser autorizados por una comisión de alto nivel, con presencia de varios ministros.
Según fuentes oficiales, la apertura de dicha puerta generó un gran interés entre inversionistas nacionales y extranjeros.
El titular de la cartera de Agricultura, Juan Camilo Restrepo, asegura que existían iniciativas por valor de 800 millones de dólares, que implicaban una ampliación de la frontera agrícola y la generación de miles de empleos.
Ahora, tales propuestas han quedado en veremos.
La razón es que la Corte, tras una votación dividida, opinó que las medidas eran regresivas, “pues propician la concentración de la propiedad rural”. Aunque el argumento suena atractivo, en la práctica perpetúa la pobre realidad del campo.
Para comenzar, les cierra las puertas a las posibilidades de modernización de la actividad agrícola y a la conformación de empresas rentables que podían haber tenido como socios a los pequeños cultivadores.
Adicionalmente, impide que tenga lugar formalización y exista un monitoreo sobre las explotaciones de mayor tamaño, para que estas se desarrollen de manera responsable y sustentable.
Y como si fuera poco, invita a que siga el esguince a las normas que hoy opera mediante la creación de sociedades que son dueñas de parcelas conjuntas.
Por tal motivo, solo queda esperar que cuando se promulgue el fallo en unas semanas, el tribunal constitucional permita que mediante una ley se pueda encontrar una salida. De lo contrario, la historia de siempre continuará y, en lugar de ser fuente de crecimiento, vastas zonas rurales del país seguirán sumidas en la pobreza, ante la falta de oportunidades.
Ricardo Ávila Pinto
ricavi@portafolio.co