Vencido el término para la normalización de activos, el gobierno anuncia buenos resultados, lo cual era previsible, dado el ruido que generó la medida, en particular en el último plazo. El éxito estuvo en la oportunidad, porque coincidió con el momento en que muchos países muestran gran preocupación por la fuga de ingresos fiscales, lo cual se traduce en esfuerzos para lograr acuerdos sobre intercambio de información, impulsados además por los reflejos de los ‘Panamá Papers’ y los episodios de sustracción y difusión de información reservada, que, en alguna medida, ha caído en manos de las autoridades fiscales.
Para el fisco colombiano ha sido un buen negocio, porque el recaudo de 13 por ciento sobre los patrimonios omitidos, o los pasivos inexistentes, es sustancialmente mayor de lo que habrían generado por impuesto a la riqueza, o por renta presuntiva. Asumiendo, claro está, que no se trata de rentas omitidas en Colombia, sino de patrimonios no declarados, por desconocimiento o por razones de seguridad, que también los hay. Para los declarantes, el precio por conciliar el sueño tampoco ha sido muy alto.
Quienes no pueden dormir tranquilos son los funcionarios de la Dian, porque les cogió la noche con la reglamentación de la Ley 1819; son muchos los temas que tocó, algunos nuevos y otros con cambios significativos a la legislación anterior, no todos redactados con suficiente claridad, lo cual hace urgente e indispensable la reglamentación.
Por ejemplo, en el caso de las Esal, que se anunció como uno de los pilares de la reforma, nada ha pasado, y no pasará por algún tiempo. La ley determina que estas entidades del régimen especial conservan su estado, pero para permanecer en él deben cumplir un procedimiento que la Dian debe establecer, aportando documentos que el Gobierno debe señalar, mediante un sistema informático que la administración debe definir; tampoco se han precisado los términos de la memoria económica a ser preparada y sometida por las entidades con ingresos superiores a 160.000 UVT en el año anterior. Es decir, que por ahora todo sigue igual y, aparentemente, se han reducido las expectativas de lograr alguna contribución de estas entidades.
Y hablando de reglamentos, por supuesto es muy positivo que el Gobierno haya decidido recoger en un solo decreto todos los inherentes a la tributación, que son muchos; sin embargo, no parecen muy prácticos los métodos empleados para la compilación. En primer lugar, porque las reglamentaciones de las normas territoriales deberían estar en un volumen separado, teniendo en cuenta que se trata de impuestos muy diversos y diferentes a los nacionales, donde muchos detalles están a cargo de los municipios y los departamentos. Además, el orden utilizado y las clasificaciones no armonizan con el Estatuto Tributario, lo cual dificulta las consultas. Finalmente, la nomenclatura continua dividida por puntos -prevista en las normas APA- es muy técnica, pero poco práctica; es el mismo mecanismo utilizado por las farragosas e inútiles NIIF. Tal parece que el Gobierno tiene estudiantes muy juicios, hábiles en la presentación de sus tareas académicas, pero pocos conocedores del manejo diario de las normas por parte de los contribuyentes y demás usuarios.
Columnista
Ecos de la reforma
El Gobierno tiene estudiantes muy juicios, hábiles en la presentación de sus tareas, pero pocos conocedores del manejo diario de las normas.
POR:
Horacio Ayala Vela
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