Si algo ha traído consigo la pandemia del covid-19 es el auge del trabajo remoto como medida para que las empresas puedan continuar sus actividades con el menor impacto posible. Recordemos que hasta marzo, el teletrabajo era visto como una práctica poco productiva en las organizaciones pese a que su reglamentación cursa desde el 2016, y a que desde el Gobierno Nacional se han impulsado los Pactos por el Teletrabajo. En la Ley 1221 del 2008 y el decreto 884 del 2012 se establecieron los requisitos que una compañía debe cumplir para que un trabajador pueda laborar desde casa; allí hay aspectos sobre salud ocupacional, ciberseguridad, mejores prácticas y capacidad instalada, entre otros.
Sin embargo, con el aislamiento obligatorio -en el que todos los ciudadanos nos vimos inmersos en los últimos meses- pasamos como país de no querer teletrabajar al exceso de teletrabajo. Una encuesta de la Andi y el Ministerio de Trabajo, revelada esta semana, concluyó que el 86,7 por ciento de los colombianos están trabajando en casa desde que inició el aislamiento y que se han extendido las jornadas laborales al punto que el 57,7 por ciento de los encuestados están trabajando más de las 8 horas reglamentarias que establece la ley laboral en el país. Toda esta población está básicamente conectada, no necesariamente en las mejores condiciones, a un computador todo el tiempo para cumplir con sus compromisos laborales.
Por esa razón es que hubo que crear una reglamentación transitoria denominada trabajo en casa que no tiene la rigurosidad técnica del teletrabajo pero que se aproxima a una suerte de flexibilidad laboral para que las organizaciones tengan menos inconvenientes a la hora de localizar a sus colaboradores desde los hogares. Con todo este panorama no extraña entonces que esta semana haya sido aprobado en primer debate de la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes el famoso proyecto de Ley de desconexión laboral, que busca crear, regular y promover la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales cualquiera sea su modalidad, así como en las relaciones legales, con el fin de garantizar que el empleador no transgreda los límites que deben existir entre la jornada laboral y los tiempos de descanso, licencias, permisos o vacaciones, ni aquellos de la intimidad personal y familiar del trabajador o servidor público.
Y aunque en principio la iniciativa, que coincide con la conmemoración del Día Internacional del Teletrabajo, podría beneficiar directamente a los trabajadores, lo cierto es que también podría generar un desestímulo a la formalidad, en la medida que limita el desempeño laboral en términos de tiempo disponible de cada colaborador y adiciona una responsabilidad más a las compañías en tiempos en que las organizaciones no dan más por la crisis económica. Es un hecho que el teletrabajo llegó para quedarse y que después de la pandemia muchos querrán seguir trabajando desde la comodidad de su casa. Sin embargo, esto debe hacerse en el marco de una reglamentación clara que proteja al empleador y al empleado.
Juan Manuel Ramírez M.
CEO de Innobrand
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