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Mauricio Cabrera Galvis
columnista

Muerte digna, vida digna

El debate de fondo es si una persona tiene el derecho a elegir sobre su muerte, inclusive renunciando a su derecho a vivir, si su vida ya no es digna.

Mauricio Cabrera Galvis
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Mauricio Cabrera Galvis

¿Se debe permitir a una persona con una enfermedad incurable que decida no seguir viviendo? ¿Se le puede prohibir que busque anticipar su muerte? ¿Se debe permitir a los médicos que le colaboren si el paciente lo solicita?

Estas son las preguntas que vuelven a plantearse con la expedición de la Resolución 971 de 2021 de MinSalud, que reglamenta el procedimiento para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la Eutanasia.

La Resolución detalla los requisitos para solicitar la eutanasia y los procedimientos que deben seguir hospitales y médicos para aceptarla o negarla. Tiene un importante avance, pues ya no la restringe a pacientes terminales, sino que acepta que la pueda solicitar en caso de enfermedad incurable avanzada.

Desde 1997 la Corte Constitucional, con ponencia de Carlos Gaviria, sentenció que por el derecho a la muerte digna no habría responsabilidad penal para el médico que ayude a morir a un paciente terminal que lo ha solicitado libremente. En 23 años el Congreso ha eludido su responsabilidad de reglamentar la eutanasia, la última vez el semestre pasado cuando se hundió, por falta de apoyo del gobierno, el proyecto de Ley presentado por el representante Juan Fernando Reyes Kuri. Hay que seguir insistiendo.

El debate de fondo es si una persona tiene el derecho a elegir libremente sobre su muerte, inclusive renunciando a su derecho a vivir, cuando su existencia ya no es una vida humana digna. La reticencia del Congreso y de una parte de la sociedad colombiana a aceptar este derecho se debe más a creencias religiosas que a argumentos jurídicos. Para muchas personas la eutanasia es un pecado porque solo Dios puede disponer de la vida; para otras hay que aceptar la enfermedad y el dolor porque es la voluntad de Dios.

Estas creencias son respetables y no se puede forzar a nadie a que acepte la eutanasia en contra de su religión. Pero de la misma manera, en un Estado laico y pluralista nadie puede imponer a otro sus creencias ni impedir que obtengan la eutanasia quienes creen que tienen la total autonomía para decidir sobre su propia muere. La obligación del Estado es garantizar que ambos grupos puedan vivir y morir de acuerdo a lo que creen.

También dentro de los cristianos hay diversidad de opiniones, como la del teólogo Hans Küng quien defendió la eutanasia voluntaria. Para la iglesia católica el derecho a la vida nunca ha sido absoluto: no solo justificó los asesinatos de la Inquisición, sino que hasta hace muy poco la posición del Catecismo Católico, era que la “enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye el recurso a la pena de muerte” (n.2267).

La Iglesia estaba equivocada: el derecho a la vida si debe prevalecer, pero también, como dijo Küng, el derecho de cada persona de definir sobre su tránsito hacía la muerte cuando su vida ya no es digna.

Mauricio Cabrera Galvis
Consultor privado
macabrera99@hotmail.com

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