Mover al país depende de garantizar un abastecimiento confiable y eficiente de combustibles, lo cual no es una tarea menor. Es una labor esencial en la que participan distintos actores y en donde las reglas de juego son fundamentales y estimular la libre competencia maximiza el beneficio para el consumidor final.
Según lo establece la Ley, y en atención a los subsidios y exenciones tributarias, el Ministerio de Minas y Energía tiene la función de distribuir gasolina y diésel en los departamentos y municipios ubicados en zonas de frontera. Esta función la realiza cediéndola, bajo criterios de eficiencia, a través de planes de abastecimiento, a agentes y distribuidores mayoristas con interés comercial y capacidad logística y técnica.
Cada departamento fronterizo cuenta por tanto con un plan de abastecimiento en el que el Ministerio define los agentes o distribuidores mayoristas que prestarán el servicio de distribución de combustibles, y la logística necesaria para atender cada municipio (refinerías o puertos de importación, plantas de abasto, modalidades de transporte y rutas).
La normatividad vigente, entre otras cosas, dispuso para la cesión de la función de distribución a estaciones de servicio, un orden de prelación indicando que tendrán primer orden las plantas de abastecimiento ubicadas en el departamento fronterizo, y segundo orden las plantas de los departamentos vecinos, que cuenten con posibilidades técnicas y económicas de abastecerlos.
En el departamento de Nariño, la distribución de combustibles líquidos estuvo por varios años a cargo de cinco distribuidores mayoristas, los cuales abastecieron (y continúan abasteciendo) la zona en condiciones de competencia y eficiencia desde las plantas de abasto ubicadas en Yumbo (Valle del Cauca).
Con la construcción y entrada de la planta de abasto de Tumaco, el Ministerio modificó el plan de abastecimiento e incluyó, en primer orden de prelación, a un nuevo mayorista, Petrodecol, compañía propietaria de esta planta ubicada en el departamento fronterizo.
No obstante, esta prelación no significa exclusividad para atender determinado mercado. El plan prevé que si el distribuidor mayorista con primer orden de prelación (en este caso la planta de Tumaco) no satisface las condiciones de precio, capacidad operativa y logística, los distribuidores minoristas de Nariño podrán abastecerse en segundo orden de prelación de las plantas de abasto ubicadas en departamentos vecinos a la zona de frontera.
En ese mismo sentido, un reciente pronunciamiento del Tribunal Administrativo de Nariño, en sentencia de primera instancia, dentro de una acción popular interpuesta por un ciudadano, resolvió proteger los derechos colectivos a la libre competencia económica y los derechos de los consumidores; recalcando que la prelación no puede ser entendida como exclusividad, y que el primer orden no debe vedar a los distribuidores minoristas para abastecerse de plantas de abasto ubicadas en departamentos vecinos.
Esta decisión del Tribunal es relevante por cuanto ratifica, al igual que un concepto emitido este año por la SIC, que aún bajo el marco legal especial aplicable a las zonas de frontera, “no debe desconocerse la importancia de contar con mecanismos que garanticen el derecho colectivo a la libre competencia”.
Permitir la libre competencia entre todos los actores, entre los seis distribuidores mayoristas con interés por atender el mercado de Nariño, bajo el estricto cumplimiento de la reglamentación técnica, regulación de precios y demás obligaciones de los agentes, es la mejor forma de asegurar a los consumidores de combustibles un abastecimiento confiable y eficiente.
En este caso particular, además de dar la posibilidad a las estaciones de servicio de los municipios de Nariño para que elijan libremente de qué mayorista y de cuál planta quieren abastecerse, diversifica las alternativas de suministro (la refinería de Cartagena por cabotaje a la planta de Tumaco, y la refinería de Barrancabermeja por poliducto a las plantas conectadas de Yumbo), disminuye el riesgo de interrupción del servicio y aumenta por tanto la confiabilidad del abastecimiento.
Bienvenidos los proyectos de inversión en zonas de frontera, bienvenida la planta de Tumaco que ha reactivado el puerto y diversificado las opciones de abastecimiento de combustibles. Estas son sin duda iniciativas que el Gobierno nacional debe seguir impulsando, pero siempre en un marco de respeto al derecho a la libre competencia con el fin de maximizar el bienestar de los consumidores y de la población en general. La competencia promueve eficiencia, y la eficiencia menores precios de los combustibles, en beneficio de las economías regionales.
Francisco José Lloreda Mera
Presidente de la ACP