Se espera que en las próximas semanas se defina la suerte jurídica de las demandas impuestas frente a la Ley de Financiamiento (Ley 1943 de diciembre de 2018) ante la Corte Constitucional. Las demandas son de diversa naturaleza jurídica y algunas apuntan a temas de procedimiento, como la socialización mediante la publicación en la Gaceta del Congreso o el trámite por el Senado, y de sustancia, como la demanda contra la sobretasa del sector financiero basado en el principio de la equidad, o contra la creación del Régimen Simple por una supuesta violación al principio de descentralización y autonomía territorial. Si las demandas por vicios de trámite prosperan se caería la Ley de forma integral, mientras las demandas de fondo tendrían un efecto puntual y de alcance limitado.
En nuestro escenario base contemplamos una decisión favorable a la Ley por parte de la Corte y que se declare inexequible la sobretasa al sistema financiero. Este fallo implicaría que la Corte prioriza el espíritu de la norma sobre el procedimiento de trámite de la Ley, en particular bajo una interpretación que la Ley de Financiamiento fue suficientemente socializada en los medios de comunicación y en internet. No obstante, dado que nuestra fortaleza no es el análisis jurídico sino económico, en este Editorial analizamos las repercusiones de que el fallo fuera adverso a la Ley de Financiamiento. Reconocemos que la probabilidad de un fallo negativo a la Ley, a pesar de no ser nuestro escenario base, no es despreciable.
UN DURO GOLPE POLÍTICO
Más allá de los efectos económicos de un fallo desfavorable a la Ley de Financiamiento, no puede negarse que una sentencia en dicha dirección tendría un impacto negativo para la imagen del actual Gobierno. La administración del presidente Duque ha tenido una relación compleja con el Congreso, y son pocas las victorias en materia de aprobación de iniciativas legislativas. La Ley de Financiamiento, que durante su trámite tuvo grandes cambios, es una de las pocas leyes aprobadas que recoge iniciativas importantes del actual Gobierno. Un fallo adverso sería visto por inversionistas, como una señal de falta de gobernabilidad y un revés importante en la agenda económica del Gobierno. Esto explica porque importantes funcionarios de la administración Duque han estado en las últimas semanas mucho más vocales en defensa de la Ley de Financiamiento y sus positivos efectos económicos.
El aspecto político asociado a un fallo eventual en contra de la Ley de Financiamiento es difícil de cuantificar, pero pensamos tendría un efecto negativo, aunque de corta vida, sobre el peso colombiano y los títulos de deuda pública.
LA PARADOJA FISCAL
Si bien un fallo a favor de las demandas contra la Ley de Financiamiento tendría un negativo efecto en los mercados financieros por sus connotaciones políticas, para las cuentas fiscales del Gobierno el resultado sería positivo. Bajo el principio de buena fe, el recaudo tributario de este año asociado a la Ley de Financiamiento no se vería afectado en el caso de un fallo adverso. Esto implicaría que el Gobierno tendría para 2019 un mayor recaudo esperado de 0,7% del PIB gracias al mayor recaudo de impuesto de renta de personas naturales, y la normalización de activos, pero se ahorraría el hueco fiscal generado por la Ley de 0.2%, 0.3% y 0.5% del PIB para los próximos tres años.
Vale la pena recordar que una de las grandes iniciativas del Gobierno, implementada mediante la Ley de Financiamiento, es la reducción de las tasas de renta corporativa, que tiene un costo en términos fiscales que solo puede subsanarse en la medida que la economía crezca a un ritmo acelerado.
Bajo supuestos de crecimiento más conservadores que los del Gobierno es claro que, de prosperar las demandas en contra de la Ley de Financiamiento, la situación fiscal del país sería mejor y paradójicamente esto podría tener un efecto positivo en los títulos de deuda pública en el mediano plazo, una vez superada la reacción inicial de los mercados.
APUESTA POR EL CRECIMIENTO
Nuestros cálculos sugieren que la reducción de tasas de renta corporativa, y las deducciones de impuesto de renta del IVA pagado en las compras de bienes de capital, reducen el costo de capital de las firmas en 7 puntos porcentuales (p.p.). Dado que el precio de los bienes de capital se ha encarecido relativo a los bienes de consumo debido a la devaluación del peso, estimamos que el costo de capital efectivo de las firmas se ha reducido 4 p.p., lo que explica parte del aumento de la inversión en maquinaria y equipo del primer semestre de este año.
El efecto positivo de la Ley de Financiamiento sobre el crecimiento, vía menor costo de capital, de acuerdo con nuestros cálculos está en el rango 0,3 - 0,5 p.p. para este y el próximo año.
Este estimativo del efecto del menor costo del capital en el crecimiento tiene un grado de incertidumbre alto, dado que depende de varios supuestos sobre la sensibilidad de la inversión y del resto de variables macroeconómicas.
Nuestro estimativo es inferior al del Gobierno, que ha aducido que durante este y el próximo año la economía crecerá más en 0,8 y 1,2 p.p. debido a la Ley de Financiamiento. No obstante, dada la dinámica actual de la inversión privada en la economía -excluyendo el sector de la construcción- y la confianza de los industriales, queda claro que más allá del monto, la Ley de Financiamiento ha jugado un papel importante en la actual coyuntura de acelerado crecimiento.
BALANCE A FAVOR
Dado el balance anterior pensamos que un fallo negativo a la Ley sería inconveniente en lo económico.
Si bien las finanzas públicas podrían verse fortalecidas, un fallo adverso tendría efectos negativos en la percepción de riesgo de inversionistas, en la confianza de los empresarios y, en últimas, en el crecimiento económico que, aunque difíciles de cuantificar, podrían ser superiores a las ganancias en términos de recaudo.
José Ignacio López
Director Ejecutivo de
Investigaciones Económicas.
Nicolás García
Practicante de
Investigaciones Económicas