Una electrolinera es una estación de carga que provee electricidad a vehículos eléctricos. Con respecto de estos últimos, pronto tendremos una ley en Colombia que impulsará el crecimiento económico y la productividad; esto será así porque si existe mayor demanda de energía, consecuencialmente se incrementa la necesidad de diversificar nuestra matriz energética, lo cual se convierte en una excelente oportunidad para continuar con la expansión de nuestro parque generador de energía eléctrica; esto ratifica que la energía es un vector para la evolución y por ello se requiere una ‘electrificación de la economía’.
La estructura del sector eléctrico en el país se está actualizando y esto se ve en las empresas prestadoras y en la aparición de recursos energéticos distribuidos que incorporan nuevas tecnologías a la red local, como generación distribuida, administración de la demanda, baterías para el almacenamiento de energía y vehículos eléctricos conectados a la red o microrredes. Con la expedición de la ley de autos eléctricos sus compradores obtendrán beneficios tributarios y en materia de tránsito. Uno de ellos es que estos carros tendrán parqueaderos preferenciales –pues será obligación que los estacionamientos destinen como mínimo el 2 por ciento de su capacidad total para vehículos eléctricos– y una tasa preferente, que será distinta en el cobro por el uso de parquímetros en todo el territorio nacional.
Por otro lado, Bogotá deberá garantizar la instalación de al menos diez electrolineras o estaciones de carga rápida o lenta: las primeras tendrán una potencia de salida superior a 50 kilovatios y las segundas de entre 7 y 49 kilovatios. En el caso de los municipios, deberán garantizar que existan en su territorio, como mínimo, cinco estaciones electrolineras en condiciones funcionales. La instalación de las electrolineras se permitirá en centros comerciales, garajes públicos, autopistas y otras zonas de alta afluencia o circulación de vehículos. Y algo positivo, en adelante las autoridades de planeación de los distritos y municipios deberán adoptar medidas para garantizar que los edificios de uso residencial y comercial tengan una acometida de electricidad de 220 voltios para la recarga de vehículos eléctricos, en por lo menos el 25 por ciento de los sitios de parqueo de uso privado.
En materia de impuestos,los eléctricos pagarán menor tarifa que los otros vehículos: la actual está entre el 1,5 y 3,5 por ciento del valor comercial de estos, para los autos eléctricos este tributo no podrá superar el 1 por ciento de su valor comercial. Otro beneficio será que estos vehículos tendrán descuentos en el costo de su revisión técnico-mecánica, y tiene sentido, en la medida en que se reducirá en el parque automotor las emisiones contaminantes.
Para finalizar, el uso de equipos, carros o facilidades que requieran energía eléctrica conlleva un incremento en el consumo de energía eléctrica, lo cual es positivo cuando este consumo viene acompañado de la masificación de los avances tecnológicos como lo es el uso de vehículos eléctricos. Lo anterior, a su vez, exige la instalación de nuevas fuentes de generación con recursos limpios como el agua, el gas combustible, el hidrógeno y la energía renovable.
Hemberth Suárez Lozano
Abogado - Socio OGE Legal Services