Un Protocolo de familia empresaria – que equivale a la constitución política de un estado -, resulta de un acuerdo por consenso entre todos sus miembros mediante el cual estos deciden adoptar las reglas que guíen su propio gobierno, el de las empresas familiares, y las relaciones entre aquellos con estas.
Generalmente se trata de unas normas donde los miembros de una familia empresaria consignan su compromiso de hacer todo lo que esté a su alcance, a fin de lograr que sus empresas permanezcan en el tiempo, y que sobrevivan, junto con el espíritu de sus padres en su condición de fundadores de las mismas. Así mismo, consagran principios y valores tutelares, como el respeto a la autoridad y la voluntad de los padres, la solidaridad, la igualdad, la unidad y armonía familiares, la transparencia, la sinceridad, el respeto mutuo, la austeridad, la permanencia y la laboriosidad.
Así mismo, los protocolos estipulan que el interés general de sus miembros debe primar sobre el interés particular de cada uno, de suerte que todos tengan iguales derechos, deberes y obligaciones, sin discriminación alguna.
En cuanto se refiere a las relaciones económicas de los miembros de las familias con sus empresas, los protocolos establecen - de manera explícita o implícita -, que ninguno tendrá más derechos patrimoniales que aquellos que la ley les concede, y en las condiciones que ella misma determine sobre los bienes de propiedad de las empresas familiares, y fija límites o estrictas regulaciones en torno de su desempeño dentro de aquellas.
El Protocolo tiene como misión fundamental garantizar que las instituciones familiares sean inclusivas. Para ello estas tienen que velar por el estricto cumplimiento de sus reglas a fin de evitar, como suele ocurrir, que algún o algunos de sus miembros se constituyan en una élite que pretenda crear instituciones extractivas, que les permitan alcanzar y consolidar una posición dominante en el gobierno de la familia y de sus empresas.
El logro de este propósito depende de la distribución del poder dentro de la familia y sus empresas, de los procesos que se sigan para la toma de decisiones, y del papel que cada uno de sus miembros juegue frente a su dirección. Cuando hay conflictos, como generalmente ocurre en los negocios de familia, el resultado “dependerá de qué personas o grupos ganen en el juego político: quién puede conseguir más apoyo, obtener recursos adicionales y formar alianzas más efectivas.”
Cuando el jefe de la familia y fundador de las empresas vive, el cumplimiento de las reglas del Protocolo se facilita a través del ejercicio de su autoridad. Pero cuando éste falta y dicha autoridad tutelar pasa a su cónyuge, con mucha frecuencia, bajo su simpatía y protección, el poder político y económico dentro de la familia y sus empresas termina concentrado en una élite conformada por uno o unos pocos de sus hijos, con muy pocos límites para su ejercicio, convirtiéndolas de facto en instituciones extractivas - o absolutistas como las monarquías, o simplemente autocráticas –, a fin de enriquecerse y aumentar aún más su poder a costa del resto.
Las reglas establecidas en el Protocolo y en los estatutos de las empresas, así como la estructura de gobierno de las mismas, determinarán el resultado. Si aquellas y estas son real y genuinamente inclusivas, garantizarán un reparto amplio, equitativo y democrático del poder entre todos sus miembros, y preservarán de esa manera el carácter pluralista de la institucionalidad familiar.
Las instituciones familiares verdaderamente inclusivas son aquellas que reparten amplia y equitativamente el poder en la familia, que lo limitan y lo regulan, y que no permiten su uso arbitrario. Para ello, tienen que evitar que uno, o algunos de sus miembros, usurpen el poder, y las transformen de facto en instituciones familiares extractivas en beneficio propio.
De ahí, la relevancia esencial de una estructura sólida de gobierno corporativo, que garantice los derechos de los minoritarios frente a los eventuales abusos de poder de quienes logran consolidar las mayorías mediante prácticas clientelistas, similares - o idénticas –, a las que se observan en la política electoral destructora de las democracias.
La prueba de fuego, en los términos de Acemoglu y Robinson, aplicados a las empresas de familia, yace en su capacidad de inclusión de sus miembros en la toma de decisiones, en contraposición a la tentación autocrática que en no pocas veces las acosa y termina destruyéndolas.
Carlos Gustavo Cano
Profesor de la Universidad de los Andes, director de Ecopetrol, ex director del Banco de la República y ex ministro de Agricultura