Economía

17 jul 2018 - 9:06 p. m.

‘Fallo sobre paro de pilotos de Acdac amenaza seguridad jurídica’

Juan M. Charry, abogado constitucionalista, explicó las consecuencias si hoy la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia declara la huelga legal.

Pilotoso Acdac

Más de 200 pilotos fueron llamados a procesos disciplinarios, de los cuales 83 fueron despedidos. 

AFP

POR:
Portafolio
17 jul 2018 - 9:06 p. m.

La novela del paro de pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac) continúa y hoy se abre otro capítulo.

Tras dos instancias y cinco sentencias, hoy la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tomará una decisión sobre una tutela, interpuesta por Acdac, que determinaría si la huelga de pilotos fue legal o no.

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La posibilidad de que la decisión sea en contra de Avianca, es decir, que el paro sea declarado legal, no solo tiene preocupada a la aerolínea sino que también dejaría un precedente sobre una posible inseguridad jurídica, que amenaza la confianza de los empresarios.

Ante eso, Juan Manuel Charry, abogado constitucionalista y asesor de Avianca, habló con Portafolio sobre las posibles consecuencias que traería la decisión de la Corte y el camino que seguiría la compañía.

(Lea: Avianca despide al 70% de los pilotos que enfrentan procesos disciplinarios

¿Cuál es el principal argumento que tiene Avianca en la tutela que se va a revisar?

Lo que se va a definir tiene muchos antecedentes jurisprudenciales. El código sustantivo del trabajo, que es anterior a la Constitución del 91, prohibió la huelga en el transporte aéreo. La Constitución del 91 también dice que no se garantiza la huelga en los servicios públicos definidos por el legislador y después de eso, se expidió la Ley 366, que dice que el transporte público aéreo es un servicio público esencial. Además, en el caso de Avianca hay una tutela del 2012, que dice que está probado que Avianca presta un servicio público esencial.

(Lea: Utilidades de Avianca cayeron en el cuarto trimestre 44%, afectadas por huelga de pilotos

¿Cómo ha sido la cronología de ese proceso que ha adelantado Avianca con los pilotos?

Primero se declara ilegal el cese de actividades, y luego va a control a la sala laboral del Tribunal Superior, que dice que se trata de un servicio público esencial, luego ocurre una situación peculiar y es que Acdac ejerce acción de tutela contra la decisión del Tribunal.

Luego, esa tutela la conoce la Sala Laboral de la Corte Suprema y dice que no es procedente. Impugnan, va a la Sala Penal de la misma corte y la declaran improcedente. Paralelo a eso, imponen la tutela con la decisión de primera instancia del Tribunal y después, interponen otra tutela, que es la que se define hoy.

¿Qué es lo que parece peculiar?

Que el juez debía pronunciarse en los 20 días siguientes al recibo del expediente, y ese término ya se venció y no ha resuelto. Lo que no se entiende es por qué, con un tema que teóricamente es claro, llega a la Sala Civil y se enreda.

¿Por qué cree que se está demorando tanto la decisión?

Desde mi punto de vista, es un tema relativamente claro, respecto del cual ya se han pronunciado en distintas oportunidades. Hay dos elementos claves en esa discusión. Uno es que es un servicio público esencial y el otro, es que los pilotos no completaron las mayorías para convocar la huelga.

Lo que dice la ley, cuando el sindicato es minoritario, es que tienen que citar a todos los empleados de Avianca para convocar un paro. Y desde ese punto de vista, no cumplieron.

¿Cuál podría ser el argumento que puede romper con esas razones?

Yo creería que la discusión está por el lado del servicio público esencial y, debe haber otro argumento para debatir el tema de las minorías.

En cuanto al primero, la Organización Mundial del Trabajo ha expedido unas recomendaciones, en donde dice que no basta con que la ley declare un servicio público esencial, también se requiere que el servicio sea realmente trascendental para las actividades sociales y económicas. El argumento de Acdac es que si Avianca no estaba funcionando en un 100%, había más empresas prestando el servicio, por lo que el daño en la sociedad no era significativo.

¿Por qué el sector empresarial se ha mostrado preocupado por cuenta de un posible fallo a favor de Acdac?

Hay ruido sobre una posible rivalidad, porque las salas pudieran tener enfoques distintos. Y eso amenaza la seguridad jurídica. Si a un empresario le dicen cinco jueces distintos que algo es un servicio público esencial, y viene un sexto a decir lo contrario, eso pone en evidencia, un posible choque de trenes al interior de la Corte Suprema.

Es decir, estamos amenazados con que en los otros servicios públicos esenciales también haya huelga, porque no basta con que la ley diga que no se debe, pues un juez puede, eventualmente, decir lo contrario. Entonces tenemos un sistema jurídico que permite ambigüedades y cambios de criterio, cuando los elementos legales y jurisprudenciales están claros.

En caso de que el fallo sea en contra de Avianca, ¿la aerolínea tendría que contratar a los pilotos que despidió?

Se correría ese riesgo. Es difícil saber los efectos de una decisión sin conocerla, pero si la huelga fuera legal, una de las posibilidades es que las sanciones queden sin fundamento y tengan que retrotraerse. En ese sentido, una de las posibilidades es que se tendría que reintegrar a todos los pilotos sancionados.

De hecho, de esos desvinculados ya se han presentado más de 25 tutelas de los pilotos despedidos, de las cuales la mayoría no han prosperado, solo unas dos o tres.

¿Avianca ya tiene pensado qué va a hacer si la huelga es declarada legal?

Lo que se hizo fue presentar un memorial adicional en la Corte, manifestando que para Avianca la situación es clara y les mostramos los argumentos, que son claros y contundentes.

Por otro lado, la contraparte está jugando a que haya excepciones y no reglas generales. Están buscando márgenes de interpretación muy estrechos para que prospere su posición.

¿Qué otras instancias hay después de este fallo?

Si la tutela dejara sin efecto la declaratoria de ilegalidad de la huelga, dependiendo en qué términos lo haga, Avianca tendría que cumplir la tutela como lo diga el juez en segunda instancia. Pero por otro lado, queda que la tutela vaya a la Corte Constitucional para una eventual revisión, allí la Corte podría seleccionarla y pronunciarse de manera directa.

¿En cuánto tiempo?

La Corte tiene un mes para seleccionar la tutela y, más o menos, tres meses para pronunciarse.

O sea que, un año después, el paro de pilotos sigue teniendo estragos...

Es el efecto de la incertidumbre, pese a que se ha ganado en todas las instancias. El escenario ideal para Avianca es que se confirme la improcedencia de la tutela, y que la corte no la seleccionara por considerar que la línea conceptual está clara.

¿Hay otros recursos pendientes de Acdac?

No. Le quedaría al sindicato de pilotos insistirle a la Corte Constitucional que se seleccione el caso para que considere los argumentos de ellos. En caso de que seleccione la tutela, se deja ese lío para finales de año, cuando se revisaría si el tema estuvo bien resuelto o no. Si no la seleccionan, ya el tema muere.

María Camila González

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