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24 abr 2017 - 3:08 p. m.

Decretan exención del pago de matrícula mercantil para las pequeñas empresas jóvenes

Las compañías que ya la hayan registrado podrán acceder de forma retroactiva a los beneficios si cumplen con los requisitos establecidos por la Ley.

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24 abr 2017 - 3:08 p. m.

Este lunes la ministra de trabajo, Clara López Obregón, expidió el Decreto 639 de 2017 por medio del cual se reglamenta el artículo 3 de la Ley 1780 de 2016 (Projoven), donde se establece la exención del pago de la matrícula mercantil y su primera renovación para las pequeñas empresas jóvenes, que hayan iniciado su actividad económica principal a partir del 2 de mayo de 2016.

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La nueva norma establece que los emprendedores que deseen acceder a los beneficiarios deberán tener entre 18 y 35 años, contar con un máximo de 50 trabajadores y activos totales que no superen los 5.000 salarios mínimos legales vigentes. 

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Estas condiciones deberán mantenerse para conservar la exención del pago al momento de la primera renovación de la Matricula. Para acceder a los beneficios los emprendedores deberán acercarse a las Cámaras de Comercio donde recibirán orientación sobre el procedimiento y soportes que se deberán entregar. Las empresas que hayan registrado su matrícula mercantil, por primera vez después del 2 de mayo del 2016, podrán acceder de forma retroactiva a los beneficios si cumplen los requisitos establecidos por la Ley, en consecuencia, las Cámaras de Comercio deberán devolver a dichas empresas los dineros pagados por concepto de la matrícula mercantil.

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El decreto fue construido en un esfuerzo conjunto entre los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y del Trabajo, la Superintendencia de Industria y Turismo, y las Cámaras de Comercio en cabeza Confecámaras y se nutrió con los aportes de la sociedad civil gracias al ejercicio de democracia participativa.

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