Economía

07 jun 2019 - 8:15 p. m.

Las nuevas reglas tributarias que trae el Plan de Desarrollo

El articulado pondrá a pagar más a las empresas, pero les da ‘gabelas’ adicionales, según un informe consolidado por la Andi.

Iván Duque

La ley del Plan Nacional de Desarrollo ‘Pacto por Colombia, pacto por la equidad’ fue sancionada hace una semana por el presidente Iván Duque. 

César Carrión - Presidencia

POR:
Portafolio
07 jun 2019 - 8:15 p. m.

Con la sanción del presidente Iván Duque de la ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND) comenzó la contrarreloj de las diferentes entidades estatales para reglamentar su articulado, en el cual quedaron incluidas 30 proposiciones relacionadas con impuestos y nuevas tarifas para las empresas.

Así lo determinó la Vicepresidencia de Asuntos Jurídicos de la Andi, en un informe hecho la semana pasada, en el cual encontró que allí están incluidos temas como la sobretasa de energía de $4 por kilovatio/hora para los estratos altos, la industria y el comercio, que busca darle un salvavidas financiero a Electricaribe, así como los nuevos aranceles para la importación de textiles.

Y es que si bien algunos de puntos han sido demandados y serán las altas cortes las que decidan si les dan luz verde a los artículos cuestionados, mientras esto ocurre, las normas siguen en firme y allí hay más puntos de los cuales, hasta ahora, poco se ha hablado.

(Lea: Gremios radicaron sus demandas contra los aranceles en el PND

Por ejemplo, en los dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales, se excluyen de la retención del 7,5% las sociedades que se encuentran en situación de control, además de los grupos empresariales, que estaban ya anexados.


DE LADO Y LADO

El PND también crea para las mipymes un descuento fiscal en el impuesto de renta del 50% de las inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, que tendrán que ser certificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia y Tecnología e Innovación (CNBT), así como por la remuneración por vinculación de personal con título de doctorado. Dicho crédito tendrán una vigencia de dos años, una vez expedido el respectivo certificado y no dará derecho a saldos a favor susceptibles a devolución, salvo por unas excepciones específicas.

(Lea: Aranceles a ropa y textiles, un proceso lleno de interrogantes

En cuanto a donaciones e inversiones en investigación, desarrollo tecnológico e innovación se extiende para aquellas donaciones que se realicen al Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (Fondo Francisco José de Caldas), así como a la remuneración por vinculación de personal con título de doctorado.

El sector energético no se quedó atrás. El PND extiende de cinco a 15 años el pazo para aprovechar la deducción por inversiones en proyectos de generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales. Sumado a este, se encuentra, claramente, la sobretasa de energía previamente mencionada.

Con esta, el Gobierno pretende recaudar un poco más de $200.000 millones cada año, los cuales servirán para saldar las deudas de Electricaribe, mientras que se busca un operador que pueda tomar las riendas de la compañía.

Especial: Análisis completo del Plan Nacional de Desarrollo 

Por otro lado, en el texto aprobado en el Congreso, también hay nuevas ‘gabelas’ tributarias. Por ejemplo, se adiciona el arroz para consumo humano como bien exento de IVA (no excluido), e igualmente, se pasa de excluidos a exentos la introducción y comercialización de bicicletas, motos y motocarros que se introduzcan en Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada.

En materia de impuesto a las ventas también se modificó la tarifa de los combustibles líquidos derivados del petróleo, que pasan a ser del 5%.
En tanto, se revive en el articulado la exención de renta de los aportes que realicen las personas naturales a cuentas AFC y fondos de pensiones voluntarias, luego de que estas se eliminaran en la ley de financiamiento.

PAGOS DE EMPRESAS

Ahora, si bien las empresas tendrán un menor pago de impuestos, por cuenta de la reforma tributaria aprobada el año pasado, también tendrán que pagar nuevas contribuciones. Entre estas se encuentra una contribución adicional del 1% a la superintendencia de servicios públicos y una sobretasa del 1% para la contribución ya existente.

Además, se fijó una contribución para los laudos que ordenen pagar más de 73 salarios mínimos mensuales, que tendrá que pagar la persona natural o jurídica o patrimonio autónomo a cuyo favor se ordena el pago. Estos recursos, según la Andi, “se destinarán a la financiación del sector justicia y de la rama judicial. La contribución será del 2% del pago ordenado, sin exceder de 1.000 salarios mínimos mensuales y no aplicará a laudos arbitrales internacionales”.

Por su parte, habrá un nuevo cálculo de las tarifas que se cancelan para la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) y la Superservicios, las cuales ahora tendrán en cuenta “costos y gastos depurados, así como los ingresos por actividades reguladas y actividades ordinarias”.

En cuanto a la Superintendencia de Salud, la contribución que se hace a la misma no podrá superar el 0,2% de los ingresos del sector salud, y esta medida aplicará a partir del 1.° de enero del próximo año. Por el lado del sector transporte, también habrá una contribución especial de vigilancia para la Supertransporte, con la cual se extenderá la supervisión de las concesiones y los proyectos de asociaciones público privadas (APP).

Para estas últimas, “la base gravable serán los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos en virtud del contrato, determinados con base en las reglas del impuesto sobre la renta establecidas en el Estatuto Tributario”, reza en el informe de la Vicepresidente Jurídica de la Andi.

El sector privado también se verá impacto por cuenta de nuevos pagos. Según el gremio empresarial, “el Gobierno fijará el monto de las tarifas que deban sufragarse en favor de las Cámaras de Comercio por concepto de las matrículas, sus renovaciones, cancelaciones e inscripciones de los actos, libros y documentos que la ley determine efectuar en el registro mercantil, así como el valor de los certificados que dichas entidades expidan en ejercicio de sus funciones”.

Estos montos serán fijados por el Ejecutivo, y variarán según el monto de los activos o de los ingresos de actividades ordinarias del comerciante o del establecimiento de comercio.

Igualmente, aquellas firmas que estén interesadas en llevar a cabo un proyecto, y esta requiera la realización de una consulta previa, deberán pagar unos recursos, de tal modo que el Estado ponga a funcionar su aparato para realizarla. Según el reporte de la Andi, esta “busca recuperar los costos asociados a la prestación del servicio. El Ministerio del Interior fijará anualmente el valor de los honorarios y viáticos de los profesionales contratados y la Tarifa se liquidará en dos etapas: al inicio del trámite y a los 15 días hábiles siguientes al acuerdo de la ruta metodológica”.

ÚLTIMOS DETALLES

Finalmente, el PND le dio vía libre a otros ajustes tributarios de temas variados. Entre estos está el nuevo impuesto de normalización (amnistía), que tendrá como fecha máxima para declarar el próximo 25 de septiembre. Asimismo, exonera de aportes parafiscales a las cooperativas, y extiende y crea nuevos beneficios para las demás empresas. El primero tiene que ver con una mayor cobertura para obras por impuestos, mientras que el segundo se refiere a la nueva posibilidad de pagar los tributos a cargo, si se entregan becas.

Por ahora, gran cantidad de estas normas no están vigentes, pero se prevé que quedan reglamentadas antes de finalizar este año.

‘NUEVA' DIAN

En medio del plan que alista el Gobierno para modernizar la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), de tal modo que el recaudo por su gestión mejore a corto y mediano plazo, se incluyó un artículo en el Plan de Desarrollo para ayudar a gestionar recursos con este fin. En este sentido, según el reporte de la Andi, “se crea un patrimonio autónomo que tiene por objeto la financiación y/o la inversión en el programa de modernización de la Dian. El patrimonio podrá recibir aportes del Gobierno, donaciones de sector público o privado nacional o internacional, administrar los bienes de la entidad y celebrar operaciones de financiamiento”. El Ejecutivo, no obstante, tendrá que reglamentar cómo operará el nuevo Fondo Dian.

Destacados

Más Portales

cerrar pauta